Ordenanza Nro. 8334 - EXPTE Nº 7555-BR-2017-60204

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2017

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales: Martín Ignacio Conte, Evelin G. Pérez, Fabián Forquera, Juan F. Narváez, Daniel Centeno y Estela Baldovino, miembros integrantes del Bloque de la Unión Cívica Radical, y

CONSIDERANDO:

Que, el municipio debe resguardar y contener una actividad económica en crecimiento dentro del departamento.

Que, es necesario crear una reglamentación en el radio municipal, para el funcionamiento de los expendedores de comidas urbanos.

Que, el municipio, como tal, es responsable de brindar una mejor calidad de los productos alimenticios y resguardo tanto a los comerciantes como a los vecinos.

Que, actualmente no se aplican regulaciones correspondientes en medidas como sanidad y limpieza.

Que, el cuidado bromatológico y sanitario es esencial en el expendio de comidas.

Que, según la Organización Mundial de la Salud –O.M.S.-, las “enfermedades de transmisión alimenticias” –E.T.A.-, constituyen una patología con una proporción de personas en condiciones de contraer la enfermedad, que alcanza a todos los estratos poblacionales.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFREIDAS POR LA LEY Nº 1079,

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Autorizar el funcionamiento en la vía pública de expendedores de alimentos tales como papas fritas, hamburguesas, lomos, choripanes, panchos y parripollos.

Artículo 2º

La actividad comercial aludida en el Artículo 1º, de la presente Ordenanza, no podrá ejercerse intertanto el Departamento Ejecutivo Municipal, no conceda por escrito los permisos correspondientes, a cuyo efecto los interesados realizarán los trámites pertinentes.

Artículo 3º

Para el desarrollo de la actividad y del otorgamiento del permiso a cargo de la Dirección de Industria y Comercio, previa encuesta socio-económica a cargo de la Dirección de Desarrollo Social, el interesado deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

  1. Presentar fotocopia del D.N.I. del titular.
  2. Abonar el aforo correspondiente.
  3. Poseer vestimenta adecuada (delantal o chaqueta, cofia, barbijo y guantes).
  4. Poseer curso de manipulación de alimentos y libretas sanitarias a nombre del titular y de las...

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