Ordenanza Nro. 7306 - ORDENANZA 7306 ADHESIÓN AL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL ARMONIZADO
Emisor | Municipalidad de Godoy Cruz |
Fecha de la disposición | 12 de Diciembre de 2022 |
VISTO:
El Expte Nº 2022-2194/I1-GC caratulado: “DIRECCION DE RENTAS-E/PROYECTO DE ORDENANZA ADHESION MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ A LA LEY Nº 9.361 - CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL ARMONIZADO.
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Godoy Cruz a través de la Ordenanza Nº 1.934/78 dictó su Código Tributario Municipal, estableciendo en su Libro Primero disposiciones de carácter general y en su Libro Segundo disposiciones especiales relativas a tasas y derechos municipales.
Que dada la antigüedad de esa normativa, se hace necesaria su revisión a la luz de las modificaciones de la nueva normativa provincial, tal como la Ley de Procedimientos Administrativos N° 9.003 y nacional, Código Civil y Comercial de la Nación, diseñados a partir de nuevos paradigmas de Derechos Humanos con rango constitucional a partir de la reforma de la Constitución Nacional en 1994.
Que en línea con lo expuesto anteriormente, desde el Consejo Tributario Provincial, creado por Ley N° 7.658, surgió la propuesta de armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios de la provincia, sin avanzar en la definición de los hechos imponibles o elementos cuantificantes de los tributos municipales, los que en el marco de la Ley 1.079 competen en forma exclusiva a los Concejos Deliberantes de cada comuna.
Que el Consejo Tributario Provincial elevó el Proyecto de Código Tributario Municipal Armonizado, el cual fue aprobado a través de la Ley 9.361, cuyo texto ha sido elaborado y adaptado a las necesidades de las comunas, resultando armónico con el resto de la legislación provincial y con las herramientas modernas de gestión tributaria.
Que tal como se mencionó precedentemente, el Código Tributario Municipal Armonizado no regula aspectos particulares de los tributos municipales, los cuales continuarán establecidos en la parte especial de la Ordenanza 1.934/78 y sus modificatorias.
Que el Municipio comparte que cualquier objetivo económico y tributario provincial de largo plazo requiere y justifica la máxima armonización normativa posible entre los municipios que integran la Provincia, especialmente en el ámbito de los procedimientos, principio que recogió esa Honorable Legislatura al sancionar la nueva Ley de Procedimientos Administrativos 9003, en sus artículos 189 y 190.
Que en esta inteligencia, y en caso de que los 18 Municipios aprueben el Código armonizado, no sólo se logrará uniformar el procedimiento administrativo y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba