Ordenanza Nro. 7117 - EXPTE N° 2020-000737/I1

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2020

VISTO:

El Expediente Nº 2020-737/I1-GC, caratulado: DIRECCIÓN DE RENTAS – E/PROYECTO DE ORDENANZA; y

CONSIDERANDO:

Que en el mes de abril del corriente año se presentó la Cámara de Publicidad Exterior de Mendoza (C.A.P.E.M.), solicitando apoyo para enfrentar la situación resultante de la pandemia declarada oficialmente por la Organización Mundial de la Salud con motivo de la propagación y gravedad del Coronavirus (COVID-19), de la emergencia sanitaria y social en la que consecuentemente se encuentra nuestro país y en particular por el periodo de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

Que en ese momento particular, el cumplimiento de las disposiciones tomadas en todos los ámbitos de gobierno, afectaron la situación económica de los contribuyentes, en especial de aquellos que vieron resentido el funcionamiento de sus actividades laborales y comerciales, circunstancia que implicó la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones tributarias en tiempo y forma.

Que durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deben permanecer en sus residencias habituales, debiendo abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y sin poder desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, pudiendo sólo realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos, razón por la cual la circulación de personas se reduce drásticamente, situación que pudo comprobarse en nuestra Provincia, puntualmente en nuestro Departamento, desde mediados de marzo y hasta el mes de mayo inclusive, período en el cual la circulación de personas fue mínima.

Que como consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior la publicidad en vía pública se vio altamente afectada tal como expresan miembros de la C.A.P.E.M en la nota presentada, evidenciándose y constatándose esta situación a través de relevamientos llevados a cabo por personal de la Dirección de Rentas en diferentes momentos, de los que surge que la mayoría de elementos publicitarios contenían publicidad previa al inicio del mencionado período o se encontraban en blanco.

Que resulta necesario adoptar decisiones en materia tributaria, que permitan aliviar la situación de aquellos contribuyentes que han sufrido el impacto económico de la Pandemia, a fin de ofrecer una ayuda para los que se vieron imposibilitados de cumplir con sus obligaciones.

Que la Ordenanza Nº 6.999 y su...

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