Ordenanza Nro. 7106 - EXPTE N° 2020-000424/I1 MODIFICA ORD. 6999

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2020

VISTO:

El expediente Nº 2020-000424/I1-GC, caratulado: DIRECCION DE RENTAS-E/PROYECTO DE ORDENANZA, y

CONSIDERANDO:

Que La situación de pandemia, declarada oficialmente por la Organización Mundial de la Salud, con motivo de la propagación y gravedad del Coronavirus (COVID-19), de la emergencia sanitaria y social en la que consecuentemente se encuentra nuestro país y en particular el periodo de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que estamos transitando.

Que por Ordenanza 6999/2020, se facultó al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de los Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Comercios, Industrias y Actividades Civiles a aquellos contribuyentes cuya actividad haya resultado o resulte afectada por el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto Nacional Nº 297/2020.

Que por Ordenanza se modificó el artículo primero de la Ordenanza 6999/2020.

Que Dirección de Rentas eleva una nueva modificación al artículo 1 de la ordenanza mencionada, fundamentada en la necesidad de adecuar la redacción de la mencionada Ordenanza a la evolución de las distintas fases que se pueden atravesar a lo largo de la emergencia sanitaria, particularmente en lo que respecta a la posibilidad de contemplar en la misma las diferentes limitaciones que afectan el ejercicio de distintas actividades comerciales, tales como restricciones horarias, factor ocupacional, entre otras, las cuales generan un impacto económico en los contribuyentes por lo que se sugiere la modificación del artículo primero a partir de la redacción propuesta con el fin de poder otorgar eximiciones parciales en función de lo mencionado con el fin de continuar acompañando la reactivación comercial de nuestro Departamento.

Que se estima procedente sancionar la ordenanza correspondiente

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ:

ORDENA

ARTÍCULO 1

Modifícase el artículo 1° de la Ordenanza 6999/20, modificada por la ordenanza 7061/20 el que queda redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1

Facúltase al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de los Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Comercios, Industrias y Actividades Civiles y de Publicidad y Propaganda...

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