Ordenanza Nro. 7031 - SISTEMA INTEGRAL DE ESTACIONAMIENTO

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición21 de Abril de 2022

Visto:

El Expediente Municipalidad de Maipú nº 12449/2022. Intendencia Municipalidad de Maipú. Remite proyecto de Ordenanza; y

Considerando:

La ordenanza Nº 5388 de usos del suelo en su artículo 12º apartado D - VI referida a los usos del suelo, específicamente a la resolución de estacionamientos para cada caso en particular de ciertas actividades comerciales; la ordenanza Nº 4900 Art.1° apartado V. 12.- Condiciones para el Desarrollo de Conjuntos Edilicios en un Mismo predio, en el Departamento de Maipú", la ordenanza 2936 de Centros Comerciales y la ordenanza 5154 de estacionamiento especial medido, modificado por la Ordenanza N° 6045.

Que las actividades de servicios gastronómicos, múltiples consultorios, proyectos de conjuntos edilicios y centros comerciales en cualquiera de su categoría están regulados por diferentes instrumentos jurídicos, que establecen la necesidad de prever estacionamiento de acuerdo a cada caso en particular, y que en algunos cosas no puede darse cumplimento a poder resolver la cantidad de estacionamiento solicitado en el interior del predio donde funciona la actividad o donde se proyectó a la construcción dado las características fiscas de tamaño de la parcela o no puede darse respuesta a esta solicitud por falta de playas de estacionamientos aledañas al sector, especialmente en zona consolidadas, dificultando la resolución de los casos de manera expeditiva, eficiente y equitativa en los diversos entornos urbanos donde asienta el emprendimiento.

Que en referencia los centroscomerciales existentes y en aquellos casos que han presentadoampliaciones de superficies incorporando unidades de locales comerciales al proyecto original, se ha detectado que cuando poseen la superficie máxima establecida de acuerdo a la categoría a la que pertenecen de acuerdo a la Ordenanza 2936, esta incorporación de locales genera un cambio de categoría y significa duplicar o triplicar la superficie cubierta de todos el centro comercial en cantidad de playa de estacionamiento no siendo proporcional a la superficie ampliada únicamente.

Que para el caso de proyectos de conjuntos edilicios regulados por la Ordenanza 4900/11 se ha detectado que en los casos de proyectos de baja densidadde hasta 6 unidadesgeneralmente, desarrollados en terreno de entre 200 y 500 m2 , de carácter mixtos es decir departamentos y locales comerciales, estos últimoscon frente a víapública, y que deben contar con un espacio de estacianamiento en el interior del predio, ese espacio de cochera no siempre se afecta al uso del local cuando la unidad es alquilada para desarrollar algún tipo de actividad comercial dado que además estas locales tiene acceso por vía publica y no están relacionados funcionalmente con el conjunto de viviendas el cual forman parte y/o por el ancho de frente de los lotes donde generalmente se ubican las cocheras no permite ubicar tantos espacios de estacionamiento para las unidades requeridas.

Que los usos del suelo mencionados en forma antecedente, requieren un ordenamiento en función de su impacto en la ciudad, en términos de calidad ambiental urbana de la zona de uso del suelo, flujos vehiculares; congestión del tránsito vehicular, movimiento de personas; ruidos molestos, molestias a los vecinos, entre otros.

Que la previsión de estacionamiento para los servicios gastronómicos, conjunto de múltiples consultorios, plantean diferentes requerimientos en función de un conjunto de variables tales como: tipo y dimensiones del emprendimiento; lugar de la ciudad donde se ubica, tanto desde el punto de vista de la zona, como de la transitabilidad de las circulaciones aledañas al establecimiento; días y horarios de trabajo; convivencia con los vecinos.

Que, en forma excepcional, las características físicas del establecimiento en las zonas donde funcionan, o aún en algunas otras zonas de usos del suelo que se encuentren en la parte consolidada y compacta de la ciudad, no siempre permiten dar cumplimiento a las condiciones de resolución de estacionamiento solicitadas en normativa y bajo los criterios de eficiencia y equidad. A lo que se suma, que en numerosas situaciones, en las cercanías de la actividad propuesta, no siempre se encuentran instaladas...

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