Ordenanza Nro. 6979 - EXPTE 2019-006647/E2-GC

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2019

VISTO:

El Expediente N° 2019-006647/E2-GC, caratulado: FIGUEROA GABRIELA - E/DONACIÓN CON CARGO PM 1731, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, la Sra. Gabriela Figueroa ofrece al Municipio la donación con cargo de una franja de su terreno destinado a la afectado al ensanche de calle Almirante Brown 1431.

Que la peticionante expone que la superficie afectada a ensanche es de aproximadamente 48 m², representado casi un 20% del total de la propiedad, significando un perjuicio considerable en las posibilidades de edificación.

Que el cargo que solicita es la realización por parte del Municipio de los planos de Mensura correspondientes, la demolición del muro existente, la realización del cierre a la nueva línea con un portón de acceso, realización de la vereda reglamentaria y traslado de los servicios a la nueva línea de edificación.

Que a fs. 02 y 03, obra Plano de Mensura y croquis con la afectación mencionada.

Que a fs. 06, obra informe de la Dirección de Catastro donde expresa que si los valores ofrecidos en donación resultan compensatorios con lo solicitado como cargo no presenta objeciones a aceptar la donación realizada.

Que a fs. 07, obra informe de la Dirección de Planificación Urbana de donde se desprende que no tendría objeciones en aceptar la donación con cargo ofrecida, realizando un detalle de los cargos que el Municipio podría aceptar.

Que atento a lo expuesto se estima procedente aceptar la donación con cargo ofrecida por la Sra. Gabriela Figueroa.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ

ORDENA

ARTÍCULO 1

Acéptase la donación con cargo ofrecida por la Sra. Gabriela Figueroa, D.N.I. 16.076.982, consistente en la superficie afectada al ensanche de calle Almirante Brown 1431, consistente en una superficie según Croquis de fs. 03 de 48 m2, y de las actuaciones obrantes en expediente N° 2019-006647/I2-GC.

ARTÍCULO 2

El cargo aceptado por el artículo 1 consiste en la realización por parte del Municipio de la confección y tramitación del plano de mensura de la propiedad, la demolición de la construcción afectada y el retiro de los escombros que resultaren de la demolición.

ARTÍCULO 3

Por Escribanía Municipal y dependencias municipales que correspondan, se deberán tomar las medidas tendientes para inscribir en el erario municipal los terrenos aceptados en donación.

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