Ordenanza Nro. 6862 - EXPTE N° 2619-I-2018 REGLAMENTACIÓN PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2018

VISTO:

El expediente Nº 2619-I-18, caratulado: PLANIFICACION URBANA-REGLAMENTO ELABORACION DE PLAN. MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, el Departamento Ejecutivo eleva un proyecto Ordenanza destinado a aprobar el reglamento que tiene por finalidad establecer el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Godoy Cruz (PMOT) de acuerdo a lo previsto en el Artículo 16 y concordantes de la Ley Provincial N.º 8.051, y asegurando la concurrencia con los lineamientos establecidos en la Ley N.º 8.999 (Plan Provincial de Ordenamiento Territorial -PPOT-), en el punto 5.1.4 y en el reglamento del reglamento del PPOT. Ley Nº8.051 (Res. 75/14).

Que este reglamento para la elaboración y aprobación del PMOT de Godoy Cruz, se encuentra subordinado a la Ley N.º 8.051 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, y se fundamenta en el reglamento del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (PPOT), aprobado en la III SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, en marzo del 2014.

Que de fs. 02 a 11, obra el proyecto mencionado que consta de 27 artículos.

Que a fs. 13 y 13 vta. Dirección de Asuntos Jurídicos no presenta objeciones legal al proyecto de Reglamento del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial.

Que atento a lo expuesto se estima procedente sancionar la norma correspondiente.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ

ORDENA

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 28
ARTICULO 1

Objeto. El presente reglamento tiene por finalidad establecer el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Godoy Cruz (PMOT) de acuerdo a lo previsto en el Artículo 16 y concordantes de la Ley Provincial Nº 8.051, y asegurando la concurrencia con los lineamientos establecidos en la Ley Nº 8.999 (Plan Provincial de Ordenamiento Territorial -PPOT-), en el punto 5.1.4 y en el reglamento del reglamento del PPOT. Ley Nº 8.051 (Res. 75/14).

ARTICULO 2

Naturaleza Jurídica. La naturaleza jurídica del presente reglamento es la de ser un reglamento de ejecución subordinado a la Ley Nº 8.051 y a la Ley Nº 8.999, que no podrá ser excepcionado o exceptuado por acto administrativo particular. Todo acto administrativo general que permita excepciones que directa o indirectamente beneficien a determinadas personas privadas o públicas será considerado inexistente conforme lo previsto por la Ley N° 8.051 y la Ley N° 9.003.

ARTICULO 3

Sujetos Obligados. Son sujetos obligados a cumplir las previsiones del presente reglamento los sujetos del ordenamiento territorial de conformidad con lo establecido en el Artículo 36, contenido en el Capítulo 7 de la Ley Nº 8051.

ARTICULO 4

Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación del presente reglamento de acuerdo a lo indicado en el Artículo 39 de la Ley Provincial N° 8.051 será la Dirección de Planificación Urbana dependiente de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Godoy Cruz o la autoridad que en el futuro designe el Departamento Ejecutivo.

Capítulo II Artículos 5 a 10

Plan Municipal de Ordenamiento Territorial

ARTICULO 5

Definición y finalidad del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial. El Plan Municipal de ordenamiento territorial es una norma que contiene un conjunto de acciones, programas de corto, mediano y largo plazo, instrumentos de planificación, gestión, ejecución, control y coordinación que permiten orientar y administrar el desarrollo del territorio. Su finalidad es indicar las medidas correctivas, de conservación y de desarrollo territorial, que las autoridades municipales, deberán cumplir y hacer cumplir en el corto, mediano y largo plazo, garantizando la interacción entre las distintas instituciones y los mecanismos de participación social a fin de concretar el modelo territorial municipal deseado. .

ARTICULO 6

Contenidos, objetivos generales y principios del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial. El Plan Municipal de Ordenamiento Territorial deberá definir normas, programas, proyectos y acciones para encauzar y administrar el desarrollo sostenible del territorio municipal. Deberá cumplir con los contenidos y objetivos establecidos en el Artículo N° 23 y en los principios, disposiciones y normas asociadas contenidas en el Anexo II y III, de la Ley N° 8.051.

ARTICULO 7

Metodología para la elaboración del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial. La metodología que deberá adoptarse para la formulación del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial es sistémica, estratégica-situacional, prospectiva, con participación informada, acorde a la Ley N° 5.961 y a la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos N° 25.675, porque aborda la estructura y dinámica territorial a través del enfoque de sistemas complejos.

Contempla programas e instrumentos para el ordenamiento territorial y requiere la intervención social. La formulación del PMOT es integral ya que contempla tanto lo urbano, interfaces como lo natural y otras áreas destinadas a: servicios especializados, actividades exploratorias, industriales, turísticas, patrimoniales, culturales etc. que se encuentren dentro del territorio municipal tratando de armonizar el interés público y privado, como también las competencias entre nación-provincia y municipio.

El PMOT de Godoy Cruz deberá orientarse a constituirse como una agenda de políticas transversal a las gestiones de gobierno a fin de concretar en el corto, mediano y largo las acciones pertinentes para alcanzar un desarrollo sostenible del territorio. Los objetivos, programas y metas deberán armonizarse con los compromisos asumidos por el país a nivel internacional; la Agenda 2030 y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), articulándose a su vez con los ejes de gestión municipal. De esta forma se busca potenciar las capacidades de planificación de Godoy Cruz en el diseño e implementación de políticas públicas.

El PMOT deberá garantizar la participación ciudadana y de las organizaciones intermedias, mediante mecanismos claros y transparentes de información pública y respeto por el derecho de iniciativa, propiciando la solución concertada de conflictos y deferencias. Dada la vigencia establecida de treinta (30) años (Art. 10 de este reglamento), el PMOT de Godoy Cruz deberá cumplir con la realización de talleres en los distritos, es decir, en sedes de organizaciones de la sociedad civil o clubes representativos de los ocho distritos...

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