Ordenanza Nro. 6739 - EXPTE 6049-H-17

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2017

VISTO:

El Expediente N° 6049-H-17, caratulado: BLOQUE CAMBIA MENDOZA CONCEJAL RODRIGUEZ EDGARDO-E/PROYECTO DE ORDENANZA INCORPORAR Y MODIFICAR ORDENANZA MUNICIPAL 6733/17; y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones el Concejal Edgardo Rodríguez eleva un proyecto modificatorio de la Ordenanza 6733/17. Que este pedido se hace necesario para regular los criaderos de canes no inscriptos en el ejido municipal. Que se estima procedente acceder a lo peticionado.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ

ORDENA

Artículo 1º

Incorpórese a la Ordenanza 6733/17 el Artículo 9° bis, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 9° bis

Queda prohibida la apertura o permanencia de criaderos de canes no inscriptos en la municipalidad. Los criaderos de perros deberán llevar un registro de nacimientos al igual que las guarderías o pensionados caninos, los que serán habilitados e inspeccionados periódicamente por el servicio veterinario municipal. Dichos comercios como así también los lugares donde se vendan animales abonarán un derecho anual conforme a la cantidad de animales e importancia del comercio.

Artículo 2°

Modifíquese, el monto de la multa establecida en el artículo 28° de la ordenanza 6733/17 el cual será de $ 1.000 a $ 5.000.

Artículo 3º

Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al registro municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.

DADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE

Lic. CESAR CATTANEO PRESIDENTE

MARIO...

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