Ordenanza Nro. 6702 - EXPTE N° 35284-I-2013

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2017

VISTO:

El expediente N° 35284-I-13, caratulado: SUBDIRECCION DE CATASTRO-EMPADRONAMIENTO BARRIO CAMPO PAPA; y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 9 de Mayo de 2013, por Resolución Nº 839, el Honorable Directorio del Instituto Provincial de la Vivienda resolvió la adjudicación y escrituración a título de donación de 233 inmuebles a favor de los poseedores del Barrio Campo Papa de este Departamento.

Que la Dirección de Vivienda de este Municipio informa que al momento de la Resolución mencionada precedentemente se escrituraron 270 viviendas, quedando pendientes 30 debido a razones de irregularidad en la tenencia, ocupaciones de hecho, conflictos entre partes no resueltos, entre otros.

Que por Ordenanza Nº 6131/12 se otorgó la eximición del pago de todas las gabelas y derechos que gravan la inscripción de la transferencia en el Municipio, así como cualquier otra tasa o derecho municipal que se aplique a las transferencias de las viviendas ubicadas en el Barrio Campo Papa a los adjudicatarios que cumplan con los requisitos necesarios y que estén en condiciones de realizar el acto escriturario.

Que con fecha 29 de Julio de 2016, la Dirección de Catastro comunica que se procedió al empadronamiento del Barrio Campo Papa, procediendo a la baja del padrón matriz y al alta de los nuevos padrones correspondientes a 312 inmuebles, tomando como fecha de vigencia el día 13 de Septiembre de 2013, fecha en la que se entregaron las escrituras a las vecinos.

Que en el mencionado informe se asigna a los nuevos padrones la categoría “Clase 02”, cuya característica es que la alícuota a aplicar a efectos de la determinación de la Tasa por Servicios a la Propiedad Raíz es inferior a la alícuota general, estableciendo el artículo 3º de la Ordenanza Tarifaria del año 2017 un valor de tasa mínima mensual para los inmuebles agrupados en esta categoría de $58,65.

Que en las actuaciones de referencia se procedió a aforar las tasas correspondientes en cada uno de los padrones involucrados a partir de la fecha Septiembre de 2013, de acuerdo a lo establecido en los informes de fojas 47, 48 y 50.

Que en el caso particular, los contribuyentes nunca tomaron conocimiento de su aforo ni mucho menos tuvieron oportunidad de comenzar a pagar los tributos y por lo tanto no corresponde atribuirles una mora de una obligación que jamás se tornó exigible. Puede constatarse que los vecinos del Barrio Campo Papa nunca...

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