Ordenanza Nro. 4118 - ACEPTANDO LA DONACIÓN REALIZADA POR CARLOS RODOLFO ALONSO DE LA OBRA: “RETRATO DE VÍCTOR HUGO CUNEO

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2022

V I S T O:

El Expte. H.C.D. 1.962 - D - 2022, caratulado: SEC. TURISMO Y CULTURA – SOLICITA AUTORIZACIÓN – OFRECE DONACIÓN RETRATO VÍCTOR HUGO CUNEO AÑO 1.969 (EXPTE. ELECTRÓNICO N° 20083 - 2022); y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 del citado expediente se acompaña la constancia de inicio de trámite del ofrecimiento de donación del retrato Víctor Hugo Cuneo año 1.969 para la Colección Patrimonial del Museo Municipal de Arte Moderno de Mendoza.

Que a fs. 04 se adjunta nota de fecha 12 de julio de 2022 remitida por el señor Carlos Rodolfo Alonso, D.N.I. M6.834.766, declarando la intención de donar al MMAMM la obra Retrato de Víctor Hugo Cuneo, dibujo a lápiz de 39 cm x 59 cm. realizada en el año 1.969 de su autoría.

Que a fs. 05 se acompaña copia del certificado de autenticidad, firmado por el señor Carlos Rodolfo Alonso, en su carácter de artista, certificando que la obra “Retrato de Víctor Hugo Cuneo” en donación, dibujo a lápiz sobre papel, de 39 cm x 69 cm, realizada en el año 1.969, es creación exclusiva de su autoría.

Que a fs. 9 la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Mendoza, informa que, en principio, no existe objeción alguna que formular desde un punto de vista estrictamente legal para recibir dicha donación dictaminando que se debe dar intervención al H.C.D. que por ley corresponde conforme el art. 71º inc. 4) de la Ley Nº 1.079 – Orgánica de Municipalidades - a los fines de cumplimentar el trámite de Ley y aceptar si lo considera oportuno, la donación ofrecida.

Que a fs. 13 el Departamento Ejecutivo Municipal remite nota Nº 28 de fecha 23 de agosto de 2022 poniendo en consideración de este H. Cuerpo el Expediente Electrónico N° 20083-2022 de conformidad a lo dispuesto en el artículo 71º inc. 4) de la Ley N° 1079 – Orgánica de Municipalidades -.

Que a fs. 16 se acompaña dictamen de Asesoría Jurídica de este Honorable Concejo Deliberante, mediante el cual se determina que tratándose de un bien que se considera de utilidad para la comuna, es que el H.C.D. está en condiciones de aceptar la donación, conforme lo establecido en el art. 71º inc. 4) de la Ley Nº 1.079 – Orgánica de Municipalidades -.

Que reunido este H. Cuerpo y habiendo deliberado sobre el tema traído a su consideración...

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