Ordenanza Nro. 4047 - ORDENANZA Nº 4047

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición26 de Enero de 2021

V I S T O:

El Expte./P. H.C.D. 1.650-D-2021, caratulado: INTENDENCIA E/ PROYECTO DE ORDENANZA: MODIFICACIÓN ARTICULO 19º ORDENANZA Nº 4.028 (EXPTE. ELECTRÓNICO N° 1539-2021); y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 04 de los presentes actuados el Departamento Ejecutivo Municipal remite Nota Nº 01 de fecha 21 de enero de 2021 poniendo en consideración de este H. Cuerpo el Expediente Electrónico N° 1539-2021, caratulado: “INTENDENCIA - ELEVA PROYECTO - MODIFICACION ARTICULO 19º ORDENANZA Nº 4.028".

Que el artículo 19º de la Ordenanza N° 4.028 determina la retribución y/o dieta de los funcionarios municipales.

Que la retribución y/o dieta de los funcionarios municipales estuvo congelada hasta el 31/12/2020 por lo que ciertos adicionales que fueron incorporados durante el ejercicio 2020 y que se tienen en cuenta para determinar la base de cálculo para los sueldos de dichos funcionarios, no se vieron impactados en la liquidación.

Que al considerar tales adicionales en el cálculo de la base precedentemente referida, se incrementa de manera considerable el gasto total que representa la retribución y/o dieta de los funcionarios para el Municipio.

Que en el artículo 19º de la Ordenanza N° 4.028 se considera entre los adicionales calculados sobre el básico, la antigüedad que acrediten en la función pública con un tope máximo de veintidós (22) años.

Que eliminando este adicional de tipo variable, se tendrá certeza del sueldo del Intendente y se evitan distorsiones en las remuneraciones entre funcionarios de igual rango.

Que a su vez se establece un criterio objetivo para el cálculo de la remuneración, siendo esta equitativa y acorde a la naturaleza y responsabilidad que surgen de las funciones que desempeñan.

Que además teniendo en cuenta la emergencia económica y financiera por la que atraviesa el Municipio, así como también la política de buena administración y austeridad, se considera oportuno eliminar el adicional de antigüedad.

Que la eliminación del adicional antigüedad evita el incremento en el gasto antes mencionado además de resultar razonable en un contexto de emergencia económica financiera como la que atraviesa el municipio y enmarcarse en las políticas de austeridad y transparencia que caracterizan la gestión municipal.

Que reunido este Honorable Cuerpo, y habiendo deliberado sobre el tema traído a su consideración, oídos los y las Concejales presentes, y en atención a las consideraciones expuestas, expresan que...

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