Ordenanza Nro. 4042 - ORDENANZA Nº 4042 ATIFICANDO DECRETO 1.292/2020 DEL D.E.M.: ACTA ACUERDO MUNICIPAL

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2020

V I S T O:

La Comunicación H.C.D. 044 - D – 2020, caratulada: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL E/ COPIA DECRETO N° 1.292-2020: RATIFICACIÓN ACTA ACUERDO MUNICIPAL; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 5.892 -Estatuto Escalafón Municipal- prescribe que el Departamento Ejecutivo podrá otorgar aumentos de remuneraciones en atención a circunstancias debidamente justificadas, sujetos a confirmación ratificatoria del Honorable Concejo Deliberante.

Que el Departamento Ejecutivo ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 57º de la Ley Nº 5.892, en cuanto a la aplicación de la remuneración mínima de cada categoría escalafonaria establecida en la última Convención Colectiva de Empleo Municipal a nivel provincial.

Que no se ha realizado la Paritaria Provincial Municipal en los términos de la Ley Nº 5.892, resultando por lo tanto razonable y conveniente adoptar las decisiones pertinentes en virtud de las facultades precedentemente referenciadas.

Que en tal sentido, se suscribió el día 18 de Diciembre de 2020 un Acta Acuerdo con el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales SOEM representado por el señor Secretario General, Dr. Dugar Eduardo Chappel, mediante el cual se acordó otorgar un aumento del 25% en cinco tramos acumulativos de 5% en los meses de marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre del 2021, sobre la asignación de la clase de la categoría A, a cuenta de lo que se determine en caso de convocarse a una Convención Colectiva de Empleo Municipal a nivel provincial; $8.000 en bono a abonarse el 04 de enero de 2021; aumentar la ayuda escolar 2021 a $2.500, hijo discapacitado a $2.350 y por hijo a $800, ambos a partir del mes de marzo del año 2021 y aumentar el ítem no remunerativo 2020 a $4.500 para todo el personal a partir del mes de febrero del 2021, siempre que la recaudación mensual genere los recursos económicos suficientes para afrontar su costo y cuando la recaudación lo permita.

Que el gremio minoritario ATE ha tomado conocimiento y presta conformidad.

Que la Ordenanza Nº 4.028/2020 prevé en el presupuesto de gastos vigente la suma necesaria para aplicar a esta medida, en cumplimiento de lo establecido en los Artículos 121º y 124º de la Ley Nº 1.079.

Que habiendo deliberado sobre el tema traído a consideración, oídos los Concejales presentes, analizadas por el Honorable Cuerpo todas y cada una de las razones que motivan el Decreto Nº 1.292 de fecha 21 de diciembre de 2020 dictado por el...

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