Ordenanza Nro. 4037 - ORDENANZA Nº 4037 REGLAMENTANDO LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS PARA LA INSTALACIÓN DE POSTES, DUCTOS Y DEM

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2021

V I S T O:

El Expte./ P. H.C.D. N° 1768 - D - 2021, caratulado: INTENDENCIA E/ PROYECTO DE ORDENANZA REGLAMENTANDO LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS P/ LA INSTALACIÓN DE POSTES, DUCTOS Y DEMÁS INFRAESTRUCTURA P/ CONECTIVIDAD EN LA VÍA PÚBLICA (EXPTE. ELECTRONICO N° 20311-2021); y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo Municipal remite a consideración de este H. Cuerpo el proyecto de Ordenanza reglamentando la ejecución de trabajos para la instalación de postes, ductos y demás infraestructura para la conectividad en la vía pública, conforme a las consideraciones expuestas en Expediente Electrónico Nº 20311-2021.

Que la Municipalidad tiene como objetivo impulsar mejoras en la postación, ductos y demás infraestructura existente en la vía pública para conectividad de internet como así también promover la instalación de nuevas y más extensas redes que permitan lograr un mejor acceso y mayor calidad del servicio para los usuarios en los distintos puntos del departamento.

Que ante el avance y crecimiento de las nuevas tecnologías torna determinante implementar medidas para facilitar y ampliar su alcance a todos los vecinos de la Ciudad, por cuanto los servicios de conectividad tienen como fin la satisfacción de una necesidad colectiva de interés general, resultando un elemento indispensable en las proyecciones de desarrollo social, que requieren eliminar la brecha digital existente.

Que resulta necesario incentivar la inversión privada de las empresas del sector de tecnologías de información y comunicaciones a fin de mejorar el funcionamiento de los servicios por medio de la instalación de infraestructura en la vía pública, promoviendo la innovación y la prestación de servicios de calidad para toda la comunidad y potenciando las capacidades del sector productivo del Municipio.

Que es necesario que toda esta inversión, como la instalación de postes, ductos y toda nueva forma de infraestructura para sistemas y/o servicios de conectividad sea producto de un plan integral.

Que, asimismo, nuestro Municipio viene promocionando iniciativas de inclusión digital, reforzando el vínculo virtual con las dependencias externas y, a su vez, con los vecinos en la comunicación y gestión de trámites.

Que, igualmente resulta prioritario brindar la debida celeridad a las solicitudes de permisos y de regularización que se gestionen para la instalación y/o regularización de infraestructura existente en la vía pública de la Ciudad para fomentar y ordenar la expansión y despliegue de las redes.

Que, por otra parte, a través de relevamientos realizados por distintas dependencias de este Municipio se ha verificado una gran cantidad de infraestructura instalada carente de permisos y/o en desuso, resultando indispensable establecer un procedimiento para regularizar dicha situación, propiciando el uso compartido de la infraestructura pasiva a fin de reducir los costos asociados al despliegue de redes y aminorar la contaminación visual.

Que, asimismo, es necesario contar con un registro pormenorizado de los emplazamientos de estructuras y elementos de soporte de postes, ductos, y demás equipos complementarios vinculados con la prestación del servicio de conectividad que estén en el Departamento a efectos de realizar las correspondientes verificaciones y garantizar la seguridad de los ciudadanos.

Que en cumplimiento del Plan Municipal de Ordenamiento de Territorial y en función de la necesaria integración de la infraestructura con el entorno, deviene imprescindible fomentar el soterramiento del tendido de redes, siendo éste uno de los objetivos principales en los planes de intervención urbana, por cuanto disminuye la contaminación visual, resulta más seguro, tiene mayor vida útil y un costo de mantenimiento reducido.

Que las Ordenanzas Nº 3442/2000 y modif., 3746/2009 establecen el régimen aplicable para instalación de antenas para el funcionamiento de estaciones radioeléctricas y para la ejecución de obras en la vía pública en la Ciudad, las que se aplicarán supletoriamente a todos aquellos supuestos no contemplados en la presente.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

O R D E N A:

ART.1º: Establecer en la presente Ordenanza el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de autorizaciones o permisos de instalación de infraestructura en la vía pública para el tendido aéreo y subterráneo de redes de conectividad, su registro y mantenimiento en el espacio público de la Ciudad de Mendoza.

ART.2º: La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Desarrollo Urbano y/o aquella que en el futuro la reemplace.

ART.3º: Los permisos o autorizaciones para la instalación de redes de distribución aérea o subterránea, como así también la implantación de postes, columnas, pilares, ménsulas y otros elementos de fijación sostén en la vía pública, serán siempre de carácter precario, de uso no exclusivo y sujetos a revisión por parte de la Autoridad de Aplicación.

ART.4º: Las autorizaciones o permisos de uso del espacio público podrán otorgarse a personas humanas o jurídicas por un plazo de hasta diez (10) años, pudiendo ser renovados. Sin perjuicio de ello, la Autoridad de Aplicación podrá disponer su revocación por razones de conveniencia técnica, como así también cuando medien incumplimientos graves a lo dispuesto en la presente Ordenanza, y/o a las comunicaciones, recomendaciones o instrucciones efectuados por el Municipio.

Vencido el plazo, si el permisionario no solicitare su renovación o si la misma no fuera conferida por la Autoridad de Aplicación, aquel deberá proceder a la remoción de la infraestructura desplegada en el plazo que determine la autoridad de aplicación, que no podrá ser mayor a 60 días corridos, dependiendo de la infraestructura, debiendo realizar los trabajos necesarios para dejar la vía pública en óptimas condiciones.

En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá proceder a su remoción y...

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