Ordenanza Nro. 4036 - ORDENANZA Nº 4036 CREANDO EL PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECT

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2020

V I S T O:

El Expte./ P. H.C.D. Nº 1643 - D – 2020, caratulado: INTENDENCIA - ELEVA PROYECTO DE ORDENANZA PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS. (EXPTE. ELECTRÓNICO N° 27436-2020); y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Artículo 41° establece que las autoridades proveerán a la protección del derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Así también, las autoridades proveerán la utilización racional de los recursos naturales, la preservación del patrimonio natural, cultural y de la diversidad biológica y apoyarán a la información y educación ambiental.

Que la Ley General del Ambiente Nº 25.675 dispone, a escala nacional, los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que la Ley Nacional Nº 25.916 incorpora presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas. En este marco, asigna competencia a las jurisdicciones locales para la gestión de programas especiales para el tratamiento de aquellos residuos domiciliarios que por sus características particulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud humana o animal, o sobre los recursos ambientales.

Que la Ley Nacional Nº 24.051 regula la gestión de residuos peligrosos, definiendo a éstos como todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general. Son considerados residuos peligrosos en particular, los residuos indicados en el Anexo I o que posean alguna de las características enumeradas en el Anexo II de dicha ley; encontrándose entre ellos corrientes de desechos y constituyentes que se encuentran en el interior de aparatos de residuos eléctricos y electrónicos.

Que por Ley Provincial Nº 5.917 se adhiere a la mencionada ley nacional de residuos peligrosos, reglamentando a través de Decreto Provincial Nº 2.625/99 la gestión de los mismos a escala provincial.

Que la Ley Provincial de Preservación del Ambiente Nº 5.961 establece en su Art. 2º que se declaran de interés provincial las acciones y actividades destinadas a la preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los ambientes urbanos, agropecuarios y naturales y todos sus elementos constitutivos.

Que por Decreto Municipal N° 95/2020 se declaró la Emergencia Climática en la Ciudad de Mendoza, estableciendo entre sus objetivos el de consolidar un modelo de Ciudad Sostenible que en el año 2030 arroje una gestión climática de balance positivo, incrementando para ello las acciones tendientes a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Que en los últimos años se advierte un notorio incremento en la generación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) debido al acelerado recambio tecnológico asociado a la obsolescencia programada así como al acortamiento de los ciclos de sustitución por la evolución tecnológica constante.

Que el inadecuado manejo y disposición final de RAEEs constituye un problema ambiental, ya que sus componentes contienen residuos peligrosos tales como plomo, mercurio, berilio, zinc, níquel y cadmio; y en muchos casos son vertidos junto a los residuos de tipo domiciliario, llegando a vertederos, contaminando gravemente el entorno y poniendo en riesgo la salud humana.

Que gran parte de los componentes de los RAEEs contienen materiales recuperables de alto valor que pueden ser reinsertados en la industria. Incluso en los últimos años ha surgido el concepto de “Minería Urbana” vinculado al reciclado de los metales que poseen los RAEEs, que ya no se obtienen de la explotación de fuentes naturales sino a través del reciclaje de oro, plata, cobre, platino, paladio y otros materiales voluminosos como hierro y aluminio.

Que desde el año 2015 la Municipalidad implementa satisfactoriamente el Proyecto de Reciclado de RAEEs, consistente en la contratación de una empresa especializada en la gestión de este tipo de residuos, y en el lanzamiento de campañas de educación y concientización para que los vecinos depositen estos residuos en lugares determinados para que luego sean tratados adecuadamente.

Que en el marco del proyecto mencionado en el párrafo anterior, la Municipalidad también ha afectado recursos económicos al tratamiento y disposición final adecuados de sus propios residuos eléctricos y electrónicos.

Que en base a lo expuesto, resulta necesario generar un programa de gestión integral de RAEEs, que permita establecer el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades de la Comuna y de los vecinos de la Ciudad de Mendoza con el fin de revalorizarlos, reutilizarlos y reciclarlos, procurando la reducción de las cantidades enviadas a disposición final.

Que a fs. 13/14 del Expediente Electrónico N° 27436-2020 se acompaña el Anexo I, mediante el cual se identifica a los establecimientos generadores de RAEEs, y a fs. 15/18, los datos necesarios que se enuncian en el Anexo II los cuales deberán ser acreditados en carácter de declaración jurada para aquellos establecimientos generadores de RAEEs.

Que a fs. 19 de las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo Municipal remite Nota Nº 53 de fecha 11 de diciembre de 2020 poniendo en consideración de este H. Cuerpo el Expediente Electrónico N° 27436-2020, caratulado: "INTENDENCIA ELEVA PROYECTO ORDENANZA PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE DESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS" de conformidad a lo preceptuado por el Artículo 105° inciso 4) y concordantes de la Ley N° 1.079.

Que a fs. 20 el Departamento Ejecutivo Municipal remite nota Nº 54 de fecha 11 de diciembre de 2020 solicitando a este H. Cuerpo la ampliación del temario remitido a Sesiones Extraordinarias convocadas por Decreto N° 1.172/2020, según el siguiente detalle:

Expediente Electrónico N° 27436-2020 caratulado "INTENDENCIA ELEVA PROYECTO ORDENANZA PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE DESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS".

Que reunida la Comisión, y habiendo deliberado sobre el tema traído a su consideración, oídos los y las Concejales presentes, y en atención a las consideraciones expuestas, no surgen objeciones que realizar, resultando oportuno y conveniente proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

O R D E N A:

Art. 1°

Créese el Programa de Gestión Integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos en el ámbito de la Ciudad de Mendoza con el fin de...

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