Ordenanza Nro. 4007 - RATIFICAR LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO Nº 772

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición21 de Julio de 2020

V I S T O:

La Comunicación H.C.D. Nº 024-D-2020, caratulada: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL E/ COPIA DECRETO N° 772 REF. PROHIBIENDO TODO INCREMENTO EN LA PARTIDA DE PERSONAL MUNICIPAL Y EL OTORGAMIENTO DE NUEVOS ADICIONALES HASTA EL 31/12/2020; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 8 de julio de 2020 el Sr. Intendente de la Ciudad de Mendoza ha dictado el Decreto Nº 772 que ha sido remitido a este Honorable Concejo Deliberante conforme a lo establecido en su artículo 4°, en el que el Sr. Intendente de la Ciudad de Mendoza ha dispuesto: 1°) Prohibir todo incremento en la partida de personal municipal, desde la fecha del presente hasta el 31 de diciembre de 2020, salvo las incorporaciones imprescindibles de las áreas de salud, seguridad ciudadana u otras que el Departamento Ejecutivo determine para la prestación de los servicios esenciales, según el siguiente detalle: a- Por designación o contratación, b- Ajuste de situación de revista; 2°) Suspender desde la vigencia del Decreto N° 772, hasta el 31 de diciembre de 2020, el otorgamiento de nuevos adicionales por Mayor Dedicación y Función Crítica salvo para las áreas de salud, seguridad ciudadana u otras que el Departamento Ejecutivo determine para la prestación de los servicios esenciales; 3°) Establecer que las excepciones a las limitaciones dispuestas deberán contar con autorización expresa del Departamento Ejecutivo e intervención de la Secretaría de Hacienda.

Que se ha considerado para el dictado del citado Decreto que oportunamente por Decreto Nº 755/2020 se declaró en emergencia la situación económica y financiera de la Ciudad de Mendoza desde el 3 de julio de 2020 hasta el 31 de diciembre del mismo año, que es imprescindible e impostergable lograr equilibrio entre ingresos y egresos corrientes a fin de poder afrontar el pago de sueldos de agentes municipales y prestar los servicios públicos esenciales, que dentro de la emergencia referida, corresponde entre otras medidas, disponer el congelamiento de la planta de personal existente, no efectuando nuevas incorporaciones ni ajustes de situación de revista, salvo para las áreas de salud, seguridad ciudadana u otras que resulten imprescindibles para la prestación de los servicios esenciales, que a su vez corresponde suspender desde la vigencia del presente, el otorgamiento de nuevos adicionales por Mayor Dedicación y Función Crítica dispuestos por Decreto 124/2020, y que dichas medidas tendrán vigencia hasta el 31...

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