Ordenanza Nro. 3946 - ORDENANZA Nº 3946 RÉGIMEN DE CONTRATACIONES

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2018

V I S T O:

El Expte. Mpal. Nº 7463-L-18, (H.C.D. 1224-D-18) caratulado: “SECRETARIA LEGAL Y TECNICA - E/PROY. ORDENANZA CRITERIO DE TRIPLE IMPACTO EN REGIMEN DE CONTRATACIONES; y

CONSIDERANDO:

Que es clara la manifestación a nivel mundial de una nueva conciencia y la construcción de una nueva economía, que trabaja dentro de los límites ecológicos y se basa en capacidades compartidas, justicia social y económica, así como derechos humanos. Esta tendencia que refleja una evolución consciente de la economía, ha sido expresada recientemente en el NESI Fórum (Nuevas Economías e Innovación Social), celebrado en Málaga en Abril de 2017 (Carta de Málaga).-

Que en este contexto a nivel global se incluye un capitalismo humanista y un consumo consciente que a modo de ejemplo, se está materializando en la creación de nuevas formas jurídicas de organización en la creación de empresas que, sin dejar de perseguir el lucro, incorporan finalidades sociales y ambientales al corazón de sus modelos de negocio y a sus actividades empresariales.-

Que el movimiento de las Nuevas Economías integra el propósito social comunitario, la sostenibilidad ecológica y la colaboración, propio de una nueva conciencia que trabaja dentro de los límites planetarios ecológicos, así como derechos humanos.-

Que Empresas tipo B o triple Impacto, es un concepto empresarial que conjuga el negocio con altos estándares de gestión y transparencia, al tiempo que busca el Triple Impacto: (i) rendimiento financiero; (ii) procesos amigables con el ambiente; y (iii) con la sociedad. Que este tipo de empresas considera a las utilidades como herramientas para lograr sus objetivos y no como un fin en sí mismas.-

Que el 9 de noviembre de 2016 fue presentado ante la Cámara de Diputados de la Nación el Anteproyecto de Ley de Sociedades BIC (Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo), que propone una nueva forma de organización empresarial bajo las nuevas pautas de organización económica citadas precedentemente.-

Que, el objeto de la norma que se ha puesto a consideración del Honorable Congreso de la Nación, es promover el desarrollo de un ecosistema de empresas sustentables que tengan entre sus fines el cuidado de la problemática social, la preservación del ambiente, así como el diseño de soluciones de mercado innovadoras que busquen atender objetivos sociales y ambientales a través de las pertinentes políticas privadas y públicas.-

Que el Ecosistema de las Nuevas Economías comprende entre...

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