Ordenanza Nro. 2782 - CRÉASE EN EL MUNICIPIO DE GRAL. SAN MARTÍN, MZA, LA PLANTA DE RECICLAJE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición18 de Abril de 2017

VISTO el Expte. Nº 069/2017 HCD, iniciado por los Sres. Concejales del Bloque Justicialista, Andrea Sacre y Martín Díaz, mediante el cual solicitan la creación de una planta de reciclaje en el Departamento de Gral. San Martín, y;

CONSIDERANDO que el reciclar o el reciclaje es un acto de suma importancia para la sociedad, ya que el mismo supone la reutilización de elementos y objetos de distinto tipo que de otro modo serían desechados, contribuyendo a formar más cantidad de basura y en última instancia, dañando de manera continua al planeta.

QUE en nuestro Departamento, mucha basura es enterrada todos los días en el relleno sanitario municipal, aunque también se la encuentra tirada en calles, terrenos urbanos, cauces, canales, en espacios rurales apartados, dañando y poniendo en peligro los ecosistemas que nos rodean.

QUE desde el Municipio, se han recibido reclamos de distintas asociaciones civiles, referidos a la necesidad de recolectar de manera diferenciada los residuos de envases plásticos PET y de concientizar a los vecinos sobre el cuidado del medio ambiente. El mal manejo de los residuos plásticos no sólo representa un problema ecológico, sino también un dramático desperdicio de un material con gran potencial de reutilización ya que estas botellas se pueden reducir, reciclar y reutilizar (la tan conocida Regla de las Tres R Ecológicas) con el beneficio que ello representa, teniendo en cuenta que una botella tarda entre 500 y 700 años en degradarse.

QUE la Constitución Nacional en su artículo 41º consagra el derecho “a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano” y obliga a recomponer el daño ambiental. También manda a las autoridades a proveer “información y educación ambiental”.

QUE la Ley conocida como de “Basura Cero” tiene como principio la “reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos”. El primer Decreto reglamenta la Ley Nº 1854, mientras que el segundo aprueba la reglamentación del artículo 9º de esa Ley, modifica el Decreto Nº 639/07 y designa la autoridad de aplicación, entre otros conceptos.

QUE se plantea la creación de una Planta de Reciclaje de Residuos Plásticos, a fin de que a través de puntos de recolección estratégicos, distribuidos en la Ciudad de San Martín y en sus 14 Distritos, se reciclen envases de plástico para luego ser reducidos y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR