Ordenanza Nro. 2218 - ORDENANZA Nº 2218/2023.

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2023

VISTO: El contenido de las actuaciones administrativas municipales del Expediente N° 4.150/2.022-0, Caratulado: "Presidente PV LA PERLA Federico Garín", usufructo predio de 192 hectáreas donde se localizará el Proyecto Solar de 80 MW a construir", y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza N° 2.195/2.022, se autorizó al Departamento Ejecutivo a celebrar el Acuerdo de Usufructo entre la Municipalidad de Malargüe y la PV La Perla S.A.

Que a través de la Ordenanza N° 2.076/2.020, se creó la figura del Parque Agrario, en la zona de Cañada Colorada, a fin de construir sistemas agroalimentarios a escala local-regional ya que aborda el territorio de manera sistemática, tomando en consideración los aspectos tanto económicos como ecológicos, culturales y sociales del territorio.

Que surge del análisis del presente expediente, la superposición de la fracción otorgada a PV La Perla S.A. con el Parque Agrario y por lo tanto resultaría inaplicable la Ordenanza N° 2.195/2.022.

Que autoridades de PV La Perla S.A., solicitan se retrotraiga la superficie original asignada y que sea incluida una fracción del Parque Agrario, ya que el Proyecto de Impacto Ambiental fue realizado sobre dicho inmueble.

Que realizar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental, además de cuantiosos gastos, demandaría un periodo de tiempo que podría generar dificultades en la búsqueda de inversiones, como consecuencia de la inestabilidad económica del país y el constante incremento en los insumos básicos.

Que frente a la posibilidad de ampliar el Proyecto de Futuros Parques de Energías Renovables y existiendo superficie para concretarlos, es necesario dejarlo implícito en la presente pieza legal.

Que en búsqueda de una solución razonable, el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante, consideran acertado desafectar de la superficie original asignada al Parque Agrario Municipal según Ordenanza N° 2.076/2.020, la cantidad del 192 ha. 7.822.21m2 para ser destinadas a la concreción del Parque Solar, conforme croquis de superficie y ubicación acompañados al presente expediente.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°

Desaféctese de la superficie total asignada al Parque Agrario creado mediante Ordenanza N° 2.076/2.020, la cantidad de 321 ha. 8.268.21m2, conforme croquis obrante a fs.114/115, coordenadas:

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