Ordenanza Nro. 2214 - ORDENANZA Nº 2214/2022

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2022

VISTO: El contenido del Expte. N° 5.181/2.018-2. Asesoría Letrada. Eleva Contrato de Locación a considerar a fin de brindar tratamiento y aprobación por el Honorable Concejo Deliberante. y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 04 de abril de 2.019, la Municipalidad de Malargüe suscribió Contrato de Alquiler con la Firma Carbones & Carburantes Malargüe S.R.L. por el término de diez (10) años, con opción a prorroga por otros cinco (5) años.

Que de acuerdo a Cláusula Primera la fracción que se otorgó en Comodato se circunscribe y limita geográficamente, dentro de las fracciones "B" y "C", a los espacios correspondientes a la Oficina de Administración, Laboratorios, Taller Automotor, Zona de Producción y Centro de Trituración, todo según plano que se adjuntara, fracción que consta de una superficie aproximada de 6,92 hectáreas 69.217 metros cuadrados aproximadamente, conforme surge del croquis que como documento se adjuntara en Anexo N° I y que se firmara junto al Convenio de Locación.

Que en el inmueble objeto de locación se encuentran la Escuela N° 1-428 "Sargento Baigorria", Barrio Grassi, Policía de la Provincia de Mendoza, INTA y Casa de Campo.

Que entre las cláusulas contractuales no se especificó la provisión del servicio eléctrico por parte de Carbone y Carburantes Malargüe S.R.L. ni a las reparticiones públicas mencionadas ni al Barrio Grassi.

Que además de ello, para fecha 16 de setiembre de 2.020, se procede a efectuar requerimiento de pago por alquileres vencidos a la firma, por la suma total de Pesos Un millón ciento treinta y tres mil ciento ochenta y cinco con cuarenta y cuatro centavos.

Que la cláusula DECIMA PRIMERA del Contrato de Alquiler, establece que "Cualquiera de LAS PARTES podrá solicitar cada DOS (02) años una reunión en la que deberán intervenir los representantes de EL LOCADOR, LOCATARIO y del Honorable Concejo Deliberante, a fin de discutir, proponer o plantear cualquier asunto relativo al contrato que pueda haber causado perjuicio o desequilibrio económico para una de LAS PARTES y en consecuencia de común acuerdo podrán efectuar modificaciones a tales efectos".

Que con fecha 13 de setiembre de 2.022, ingresa a este Honorable Concejo Deliberante nota suscripta por vecinos del Barrio Grassi, exponiendo "......el problema que estamos transitando con la luz que provee la empresa Carbones & Carburantes".

Que manifiestan también que "....realizaron mal el contrato, no...

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