Ordenanza Nro. 2091 - INCLUIR A LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y POLÍTICAS TURÍSTICAS AL PROCESO DE HABILITACIÓN COMERCIAL MUNI

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.766-HC-019-2.020. Bloque Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Incluir a la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas al proceso de habilitación comercial municipal establecido en el Decreto N° 1.100/2013. (Emprendimientos actividad turística).

Que cada emprendimiento de acuerdo a su categoría, debe cumplir con una serie de condiciones para solicitar la inscripción en el Ente Provincial de Turismo, los cuales en su mayoría coinciden con los requisitos solicitados para habilitar municipalmente el proyecto Y;

CONSIDERANDO: Que los emprendimientos categorizados como turísticos de la Provincia deben adecuarse a las diversas resoluciones para las prestaciones de los servicios turísticos como es el caso de la Resolución de alojamientos turísticos de la Provincia de Mendoza N° 568/07, aplicable al sector.

Que es necesario que para su correcta prestación de servicio y categorización se encuentren enmarcados en la legislación nacional, con la inscripción correspondiente a la actividad declarada en el Ente Provincial de Turismo y con la habilitación comercial a nivel municipal. Lo que posibilitará cumplir con la carga impositiva de acuerdo a su actividad y participar de promociones oficiales gratuitas que se realizan desde el sector gubernamental.

Queel fin es brindar a los nuevos prestadores turísticos asesoramiento legal y también facilitar mediante la misma, las inscripciones correspondientes.

Que muchos de los emprendimientos turísticos que hoy se encuentran desarrollando su actividad en nuestro Departamento cuentan solo con la correspondiente Habilitación Comercial Municipal, no así con la inscripción en el Ente Provincial de Turismo por lo que su actividad no puede ser regulada correctamente desde el área competente.

Que el trámite de inscripción en el Ente Provincial de Turismo debe iniciarse en la Dirección de Promoción y Políticas Turísticas de la Municipalidad, donde se brinda al prestador asesoramiento legal y edilicio y se realizan las derivaciones necesarias para su correcta inscripción de acuerdo al rubro las actividades que regulen el EMETUR y las que pudieran surgir en el tiempo.

Que el interesado deberá concurrir a la Dirección de Planificación y Políticas Turísticas de la Municipalidad de Malargüe a fin de recibir asesoramiento legal, edilicio según las especificaciones de cada uno y muñirse de los formularios necesarios de acuerdo al servicio turístico que prestará, para una vez obtenida la Habilitación Comercial Municipal, dar inicio inmediatamente a la inscripción como prestador Turístico en el Ente Provincial de Turismo, estipulando como plazo máximo noventa días a partir de la Habilitación Comercial Municipal. Dicho asesoramiento deberá solicitarse luego de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental o la Certificación Ambiental correspondiente según lo establecido en el Art.5 del Decreto...

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