Ordenanza Nro. 1972 - DENOMINAR CALLES DEL LOTEO INDEPENDENCIA

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2018

VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.480 HC 285 – 2.018. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Denominar las calles del Loteo Independencia.

La necesidad de denominar con nombre y darle uso y dominio público a dichas calles.

y;

CONSIDERANDO: Que las personas que viven en esos domicilios cuentan con los permisos para bajar la luz, poseen documentación sobre tenencia de los lotes, pero EDEMSA no les puede conectar por no estar declarada la calle para uso y dominio público.

Que es de vital importancia poder continuar con el progreso de la comunidad de Malargüe que crece día a día.

Que se necesita desde este Honorable Cuerpo Deliberativo nombrar las calles del loteo Independencia.

Que la Oficina de Catastro ya cuenta en sus planos con la apertura de las calles

Que se anexa plano especificando las calles.

Que este Honorable Concejo Deliberante tiene la facultad de denominar a dichas calles con la ayuda de vecinos

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°

Aféctese al Uso de Dominio Público las calles que se detallan en la presente Ordenanza.

ARTICULO 2°

Denomínese las calles del loteo Independencia con los siguientes nombres:

Calle Pública Nº 674 como Calle Juan Bautista Alberdi

Calle Pública Nº 673 como Calle Manuel Belgrano

Calle Pública Nº 672 como Calle Cornelio Saavedra

Calle Pública Nº 680 como Calle Eva Perón

Calle Pública Nº 676 como Calle Pedro Del Castillo

Calle Pública Nº 670 como Calle Bernardino Rivadavia

Calle Pública Nº 677 como Calle Juan Antonio Mussa

Calle Pública Nº 678 como Calle Don Bosco

Calle Pública Nº 679 como Calle Domingo Faustino Sarmiento

Calle Pública Nº 681 como Calle Independencia

Calle Pública Nº 675 como Calle Raúl Alfonsín

Calle Pública Nº 671 como Calle 9 de Julio

ARTÍCULO 3º

Impleméntese en tiempo perentorio la colocación de carteles identificatorios en el Loteo mencionado en el Artículo 2º.

ARTICULO 4º

Comuníquese a través del Departamento Ejecutivo Municipal a todas las empresas prestadoras de servicios para su conocimiento y efectos pertinentes.

ARTICULO 5º

Remítase copia de la presente pieza a los...

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