Ordenanza Nro. 1916 - PROCÉDASE POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EN CUMPLIMIENTO DEL EJERCICIO DE PODER DE POLICÍA

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2017

VISTO: El contenido del Expediente Nº 4.106 HC 258 – 2.016. Interbloque Cambia Mendoza – Frente UCR – MOPOMA. Proyecto de Ordenanza: Regulación del espacio aéreo en el Departamento de Malargüe.

Que el espacio aéreo está siendo utilizado sin las autorizaciones correspondientes y esto está provocando un desorden y falta de control en la colocación de postes, invasión de cables, etc. y;

CONSIDERANDO: Que algunas empresas que prestan servicios de televisión por cable, telefonía e Internet en la ciudad han crecido en los últimos años, por lo que se ha generado un uso indiscriminado del espacio aéreo.

Que la Municipalidad de Malargüe desde ser la autoridad de controlar tales tendidos, ya que la mala administración del espacio aéreo ocasiona uso indiscriminado, provocando contaminación visual y también posibles riesgos para la ciudadanía.

Que es de suma importancia trabajar en un plan de ordenamiento respetando el ornato, teniendo en cuenta las arboledas y sobretodo la seguridad de los ciudadanos, sin olvidar que el Departamento registra vientos de altas ráfagas aproximadamente de 100 a 150 km por hora.

Que el Departamento Ejecutivo no puede omitir en lo que implica en instalar y mantener las instalaciones y/o equipos de forma tal que no constituyan peligro para la seguridad pública, respetando las normas que regulan la materia.

Que es obligación de los prestadores de los servicios mantener las instalaciones y equipos y siendo la Autoridad de Aplicación la Municipalidad de Malargue; según lo establecido en la Ley Nº 1079 Orgánica de Municipalidades.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º

Procédase por el Departamento Ejecutivo Municipal en cumplimiento del ejercicio de Poder de Policía que ostenta en lo que respecta a las inspecciones y/o autorizaciones, aplicable también al otorgamiento del uso del espacio aéreo de dominio público en la Departamento de Malargüe, Provincia de Mendoza, para las instalaciones de imágenes televisivas, sonido, voz y datos por cable del tipo que sea (fibra, coaxial, multipar de cobre), etcétera. Los permisos de ocupación del espacio público concedidos por la Municipalidad de Malargüe tienen el carácter eminentemente precario y su vigencia condicionada al fiel y estricto cumplimiento de los requisitos exigibles.

ARTÍCULO 2°

A los efectos de distribuir adecuadamente los espacios a utilizar por los servicios mencionados en el Artículo 1°, se determinaran las siguientes formas de instalación:

  1. Por tendido subterráneo de redes troncales y subtroncales.

  2. Por cableado aéreo en el resto de la planta urbana.

  3. Por distribución subterránea en todo el ámbito de la Ciudad de Malargüe y en las zonas rurales.

ARTÍCULO 3º

Cableado Aéreo: Donde esta forma de tendido esté autorizado, las Empresas prestatarias de los servicios enumerados en el Artículo 1° no podrán realizar obras de instalación de estructura de soporte propios en el dominio público para el tendido aéreo. Para las instalaciones aéreas se deberá utilizar obligatoriamente estructuras de soporte que posean aptitud y seguridad técnica suficiente, pertenecientes a la empresa EDEMSA y/o la Municipalidad (red de distribución secundaria de baja tensión y otras), a las Empresas de Telecomunicaciones, al Alumbrado Público, y a las empresas de Transmisión de imágenes televisivas, sonido ,voz y datos por cable a domicilio, que a la fecha cuenten con un sistema de soporte propio ya cableado.

ARTÍCULO 4º

La Empresa EDEMSA, las Empresas de Telecomunicaciones, la Municipalidad de Malargüe y las Empresas de...

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