Ordenanza Nro. 1657 - DONACIÓN C/CARGO JUAN JOSE MORENO Y OTRO.

EmisorMunicipalidad de San Carlos
Fecha de la disposición27 de Abril de 2017

VISTO:

El Expte. N° 200.662/14, por el cual JOSE JUAN PEDRO MORENO MORENO CUIL 20-93909224-3; MARTHA MERINO CUIL 27-5929115-2; COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACION Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA “GENESIS” CUIT 30-71115102-4; Y COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACION Y SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA “LOS ARROYOS”; CUIT 30-71302840-8 ofrecen en donación con cargo a la Municipalidad de San Carlos, la superficie correspondiente al callejón comunero de indivisión Forzosa detallado en Plano visado y archivado por la Dirección Provincial de Catastro bajo el N° 13.404 de San Carlos; y Planos obrantes a fs.65 y 66 y;

CONSIDERANDO:

Que la oferta de donación radica en el estado de necesidad de las cooperativas a los efectos de otorgarles a sus socios la posibilidad de su vivienda familiar, es decir que la misma busca la finalidad de obtener la propia vivienda;

Que es función en calidad de funcionarios públicos elegidos por el pueblo interpretar la realidad de nuestra comunidad y darles soluciones para mejorar la calidad de vida de la misma, que esta donación de calles implica, justamente darle la posibilidad a más de trescientas familias de tener su vivienda digna, el cual pregona y protege el nuevo código civil, (Ley 26.994) en su parte primera Título III arts. 244 a 256, y la protección de la vivienda familiar arts. 456, 522, 526,527 y concordantes;

Que el Codificador tuvo un espíritu constitucionalista al reformar el nuevo derecho privado, es decir constitucionalizo el derecho privado tal como lo establece en su Artículo 1, manifestando que:”…… se tendrá en cuenta la finalidad norma”. Tal es así que la vivienda digna no solo es un derecho de los habitantes de nuestra Nación, sino también constituye la obligación del estado de otorgar las condiciones necesarias para poder lograr dicho principio Constitucional. (Art. 14 de la C.N);

Que los peticionantes hace ya más de dos años que vienen trabajando arduamente para adquirir dicha propiedad y fraccionar la misma;

Que ya existen casas habitación construidas en dichos predios en virtud del estado de necesidad que tienen las familias de tener sus techos;

Que a tal efecto la aceptación de la presente oferta implicaría mejorar el ordenamiento territorial de dicha zona evitando así males mayores. Como así también en continuar con la donación de terreno donde pisa el pozo de agua para consumo humano a favor de AYSAM, en el marco del Acuerdo realizado entre el Municipio con dicha entidad de Estado;

Que la superficie donada corresponde a los inmuebles identificados como Fracciones 1; 2A; 2B; 2C; 3; 4A; 4B; 4C; 4D; 4E; 5A; 5B; 6A; 6B; 7; 8 Y Hb del plano N° 13.404;

Que asimismo José Juan Pedro Moreno Moreno Ciul 20-93909224-3; Martha Merino Cuil 27-5929115-2 ofrecen en donación la superficie correspondiente a calles 5;7;9;11 y calle 2 (parcial) del plano obrante a fs. 66;

Que la Cooperativa de Vivienda, Urbanización y Servicios Públicos Limitada “ LOS ARROYOS”; CUIT 30-71302840-8 ofrece en donación superficie correspondiente a calles Publicas 1; 2; 3; 4; 5 y Espacio Reservado (Manzana “E”) todo de acuerdo a Plano obrante a fs.65;

Que la Cooperativa de vivienda, Urbanización y Servicios Públicos Limitada “GENESIS” CUIT 30-71115104-4; Ofrece en donación superficie correspondiente a calles N° 1; 2 Norte; 2 Sur; 3; 4 y 5 del Plano obrante a fs. 696;

Que a fs 74 Depto. Catastro e Inmuebles Municipales detalla la superficie, límites y medidas perimetrales de la...

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