Ordenanza Nro. 13746 - ORD 13746-2020 CAMBIO DE SENTIDO CIRCULACIÓN DE LA CALLE CABRINI
Emisor | MUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO |
Fecha de la disposición | 13 de Agosto de 2020 |
VISTO:
El expediente N° 307-P-2020 iniciado por la Sra. Veronica Scopel, cuyo objeto es la necesidad de regular el sentido de circulación de la calle Cabrini, (margen Norte y Sur del Boulevard), desde Calle Santa Rosa de Lima hasta Calle Rafael Obligado del Distrito de Perdriel, y
CONSIDERANDO:
Que la Calle Cabrini del Distrito de Perdriel, limita al Norte con los Barrios Coni y Las Achiras, al Sur con el Barrio 3ro Perdriel y Finca Lagarde, al Oeste con Calle Jirala y al Este con Calle Santa Rosa de Lima.
Que la Calle Cabrini, se prolonga longitudinalmente de Este a Oeste; es decir desde Calle Santa Rosa de Lima (Este) hasta Calle Jirala (Oeste).
Que en mencionada arteria, se extiende un Boulevard central que la divide en Norte y Sur; esta situación se da desde Calle Santa Rosa de Lima hasta Rafael Obligado;
Que desde Calle Rafael Obligado, al Oeste hasta llegar a Calle Jirala se estrecha la calzada, desapareciendo el Boulevard divisorio de carriles, manteniendo de esta manera la doble circulación vehicular.
Que el Boulevard cuenta con 5 tramos, siendo 315 metros de extensión en su totalidad.
Que a pesar de la existencia del Boulevard divisorio, no se respetan los sentidos correspondientes, tanto en la arteria Norte como en la Sur.
Que a menudo se ven vehículos estacionados en ambos sentidos.
Que es necesario regular la circulación de dicha arteria, ya que es de gran afluencia vehicular por ser el ingreso principal a los barrios aledaños.
Que regular el tránsito en la zona, significa mejorar la fluidez vehicular, evitando congestionamiento y futuros accidentes de tránsito.
Que de aplicarse la norma, se generaría mayor amplitud a la arteria.
Que brindaría seguridad a los peatones, dado que, en la intersección sureste, entre Calles Pedro del Castillo y Santa Rosa de Lima se encuentra la Plaza Tomás Daparo, a la que asisten muchos niños a toda hora del día.
Que el sentido de circulación quedaría dispuesto de la siguiente manera:
a-Margen Norte Boulevard: sentido Este- Oeste, desde Calle Santa Rosa de Lima hasta Calle Rafael Obligado.
b-Margen Sur Boulevard: sentido Oeste-Este, desde Calle Rafael Obligado hasta Calle Santa Rosa de Lima.
Que es necesario que el Poder Ejecutivo a través de la Sub-secretaría de Seguridad y Tránsito Ciudadano, dé a conocer y coloque la cartelería correspondiente a fin de que se cumpla con tal reglamentación.
Que es responsabilidad nuestra...
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