Ordenanza Nro. 13591 - ORD 13591-2019 FOMENTAR EL TURISMO Y LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL

EmisorMUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2019

VISTO:

El expediente N° 732-P-2019. Iniciado por el Concejal Mariano Ogando. Objeto: Proyecto de Ordenanza: Fomentar el Turismo y la Protección del Patrimonio Cultural del Departamento de Luján de Cuyo; y

CONSIDERANDO:

Que nuestro departamento es uno de los principales polos turísticos de la región de cuyo resulta necesario realizar acciones que propendan al fomento del mismo.

Qué asimismo, en la actualidad, en el departamento de Lujan de Cuyo existen numerosas propiedades que han sido objeto de acontecimientos históricos como así también construcciones antiguas que poseen un gran valor arquitectónico.

Que con las ordenanzas de zonificación han ido modificando los usos del terreno y alguna de las propiedades antes mencionadas han perdido su aptitud ya que cualquier tipo de actividad que se pueda desarrollar en ella se encuentra prohibida.

Que a causa de estas ordenanzas, las propiedades mencionadas se han ido deteriorando por la falta de uso de las mismas y la falta de mantenimiento.

Que si bien, dichos inmuebles se encuentran en propiedades de particulares, resulta necesario tener en cuenta situaciones excepcionales y someterlas a un tratamiento especial por su valor histórico, cultural y/o arquitectónico con el fin de preservarlas correctamente.

Que, específicamente en nuestro departamento, existen construcciones que datan desde el año 1700 en adelante las cuales eran utilizadas como casa de campo de familias de gran importancia de la época como así también construcciones que resaltaban el estilo arquitectónico de la época.

Que el tratamiento especial por su valor histórico, arquitectónico y cultural consiste en permitir actividades que en la actualidad se encuentran vedadas siempre y cuando las mismas no resulten con inmisiones molestas para los vecinos y que fomenten el uso cultural de las mismas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

O R D E N A

ARTICULO 1°

La presente ordenanza tiene por objeto permitir a particulares de inmuebles calificados con valor histórico, arquitectónico y cultural la realización de actividades de tipo turísticas, culturales y/o de esparcimiento, no contempladas por las ordenanzas de zonificación vigentes, siempre que no signifiquen una molestia en el entorno en el que se encuentran.

ARTICULO 2°

Se considerará inmueble con valor histórico, arquitectónico y cultural...

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