Ordenanza Nro. 13513 - ORD 13513 EXP 9059-2019 ANTEPROY LOTE EX ZONA LITIGIO

EmisorMUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2019

VISTO:

El Expediente N° 9059-2019 Iniciado: Subsecretaria de Ordenamiento y Planificación Territorial Objeto: Proy. Ord: Complementaria a la N° 13.323/18; y

CONSIDERANDO:

Que el Expediente N° 9059-2019 en el que la Subsecretaría de Ordenamiento y Planificación Territorial eleva un anteproyecto para el tratamiento de casos especiales de loteos ubicados en la ex zona de litigio con el Departamento de Las Heras.

Que por fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza del 21 de noviembre de 2017, se dispuso que las tierras en litigio con el Departamento de Las Heras, pertenecen definitivamente a la jurisdicción del Departamento de Luján de Cuyo.

Que en el área comprendida por el fallo se desarrollaron desde hace tiempo numerosos loteos y fraccionamientos, mayormente residenciales y otras actividades que no necesariamente se ajustan a las normas vigentes en Luján de Cuyo, como consecuencia del diferendo.

Que existe una variedad de casos que van desde barrios, loteos y/o construcciones tramitados en la Municipalidad de Las Heras, algunos aprobados y otros no autorizados.

Que a su vez también hay actividades y construcciones reglamentarias debidamente tramitadas y autorizadas por este Municipio.

Que si bien la reglamentación definitiva para el sector surgirá del plan de abordaje integral actualmente en ejecución, es necesario establecer normas transitorias que permitan regularizar en Luján de Cuyo aquellos parcelamientos aprobados en base a la normativa del Departamento de Las Heras y de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, respetando los derechos adquiridos, siempre propendiendo al mejoramiento del sector y de la calidad de los servicios urbanos.

Que existen emprendimientos que cuentan con un nivel de avance considerable en sus proyectos en cuanto a autorizaciones emitidas por la Municipalidad de Las Heras y reparticiones de orden provincial como SAYOT, AYSAM, EPAS, EPRE, ECOGAS, Dirección de Hidráulica, Departamento General de Irrigación, etc.

Que en algunos casos han obtenido la aprobación de su Declaración de Impacto Ambiental por parte de la SAYOT, para la totalidad de su plan maestro, quedando para una etapa posterior la presentación de cada proyecto parcial en el Municipio.

Que la Ord. Nº 13.323/18 no contempló las situaciones que se describen previamente, siendo necesario complementarla con disposiciones...

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