Ordenanza Nro. 13334 - ORD. 13334 EXP. 703-P-2018 REGULARIZACIÓN DE CARTELERÍA Y...

EmisorMUNICIPALIDAD LUJÁN DE CUYO
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2018

VISTO:

El Expediente N°703-P-2018 Iniciado Concejal Trentacoste, Guillermo y acompaña Concejal Ogando, Mariano. Objeto: Proy. Ord: Regularización de cartelería y señalización de la Villa Cordillerana; Y

CONSIDERANDO:

Que el desarrollo urbano, turístico y comercial de las villas y caminos de montaña, se torna necesario legislar respecto a la publicidad e información, contenidas en cartelería y señalética, de manera que las mismas cumplan su función específica en armonía con el entorno paisajístico, generando un estilo particular y uniforme que potencie la identidad de toda la zona y pueda ser valorada por vecinos y visitantes. Esta legislación será aplicada a todo emprendimiento comercial ubicados en la extensión geográfica comprendida por los distritos Las Compuertas, Cacheuta y Potrerillos, así como también a las personas físicas o jurídicas, que desarrollen cualquier actividad temporal o permanente que implique cartelería o señalización publicitaria de cualquier tipo.

Que el Departamento de Luján de Cuyo contiene gran cantidad y variedad de oferta turística de la Provincia de Mendoza, siendo muy concurrido y uno de los puntos turísticos más importante de esta.

Que el Departamento se encuentra en permanente plan de desarrollo turístico para el aprovechamiento y potenciamiento de la variedad paisajística y actividades ofrecidas.

Que las actividades turísticas en la geografía local implican un importante y positivo impacto económico, cultural y educativo en la comunidad.

Que es necesario implementar medidas que potencien la identidad de los espacios turísticos, en armonía con el entorno paisajístico, y así también mejorar la calidad de vida de los habitantes de estos distritos.

Que es importante que la carteleria y Señaletica en espacios turísticos cumpla su función específica, sin generar contaminación visual.

Que es necesario regular los distintos aspectos referidos a la carteleria y Señaletica en las villas y caminos de montaña de nuestro departamento, entendiendo que una mayor uniformidad repercutirá favorablemente en el desarrollo de estos espacios.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LUJAN DE CUYO

ORDENA

ARTICULO 1°

Regúlese la construcción, instalación y mantenimiento de Cartelería y Señaletica con finalidad comercial y/o publicitaria, en espacios de uso público y privado, ubicados dentro de la extensión geográfica de los distritos Las Compuertas, Cacheuta y Potrerillos.

ARTICULO 2°

La presente norma abarca toda leyenda, inscripción, símbolo, dibujo, u otro elemento gráfico realizado sobre estructuras aplicadas o auto soportadas fijadas sobre construcciones de cualquier carácter o implantadas en predios públicos o privados, ubicados dentro de los límites geográficos de los distritos Las Compuertas, Cacheuta y Potrerillos, con fines comerciales y/o publicitarios, visibles desde la vía pública o espacios transitados.

ARTICULO 3°

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE CARTELERÍA.

CARTEL: Es el elemento físico que sirve de base al mensaje publicitario.

La cartelería deberá presentar estructura sólida e indeformable. No debe presentar ángulos vivos o algún elemento sobresaliente que pueda dañar a personas.

  1. MATERIALES AUTORIZADOS PARA LA CONFECCIÓN:

    1. Madera, tratada para su protección y mantenimiento, sin alterar sus características físicas y estéticas naturales y con un espesor mínimo de 1 (una) pulgada.

    2. Lámina metálica en color gris grafito o con tratamiento de oxidación controlada, con un espesor mínimo de 1,5 mm (N°16).

    3. Elementos pétreos en sus...

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