Ordenanza Nro. 1190 - CONDONACION DE DEUDA - ARAUJO EMANUEL ERNESTO

EmisorMunicipalidad de Lavalle
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2022

Lavalle, 13 de setiembre de 2022.

VISTO:

El Expte. Nº 4746/2021/M.L.; Caratulado: “Araujo Emanuel Ernesto e/ Nota sI condonación de deuda de comercio” y;

CONSIDERANDO:

Que, el Departamento Ejecutivo remite el presente expediente para conocimiento y demás efectos que estime corresponder;

Que, mediante Resolución N° 7397/2021 de este Concejo Deliberante, se giró el presente expediente al Departamento Ejecutivo a fin de que tomara conocimiento, e informara sobre la deuda existente de la cuenta de comercio N° 6015 a nombre del Sr. Araujo Emanuel Ernesto;

Que, a fs. 7 obra informe del Sr. Jefe de Recaudaciones de donde surge que el comercio N° 6015 a nombre de Araujo Emanuel Ernesto con domicilio en Belgrano 148, Tulumaya, Lavalle, registra una deuda de $62,174,70 que comprende el período 3/2017 a 6/2022, habiéndose reclamado los períodos 2017 a 2019 en Boleta de Deuda N° 29.532, encontrándose en instancia de Sentencia desde el 28/02/2022;

Que, agrega que en el día de la fecha, 12 de agosto de 2022, se inició un plan de pagos N° 12.133 de 6 cuotas, solamente de la deuda de la boleta de deuda que se menciona, adjuntando copia del plan de pagos;

Que, informa que en el local donde funcionaba el comercio de referencia, se instaló una Pollería, la cual no ha solicitado la habilitación de comercio al día de la fecha, del mismo modo, tampoco ha solicitado traslado de comercio, ya que funcionaba anteriormente en Belgrano 206, esquina Arancibia, pero en esta última propiedad por Expediente 5945/2019 de fecha 27/05/2019 se solicitó habilitación de comercio a nombre de Valero María del Carmen en el rubro Carnicería y despensa, este último trámite indicaría una fecha aproximada del traslado a Belgrano 148, según lo manifestado por el peticionante;

Que, se sugiere, salvo mejor criterio, dar de baja al comercio y condonación de la deuda a partir del 27/05/2019;

Que, se acompaña la documentación que acredita lo manifestado por el Jefe de Recaudaciones;

Que, en razón de haber el contribuyente demostrado voluntad de pago, con la toma de un plan de pagos por la boleta de deuda N° 29.532, el que se encuentra vigente, y en razón de lo manifestado por el Jefe de Recaudaciones, en cuanto a la fecha probable de baja del comercio cuenta N°...

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