Ordenanza Nº 11.880-2014

EmisorMunicipalidad de Lujan
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2014

ORDENANZA Nº 11.880-2014

Visto: El Expte N° 305-P-2014, iniciados por el Concejal Juan Manuel Rosales, mediante el cual presenta un Proyecto de Ordenanza, con el objeto de adherir al Programa Nacional Concejo Deliberantes Estudiantiles, y;

CONSIDERANDO:

Que el principal objetivo del Programa Nacional Concejos Deliberantes Estudiantiles es la participación ciudadana de los jóvenes de las instituciones educativas de nivel secundario.

Que la República Argentina, como Estado firmante de la Convención de los Derechos del Niño (CDN), sancionada mediante la Resolución 44/25 de la Asamblea General de Naciones Unidas en 1989 y ratificada por la Ley 23849, asume la responsabilidad indelegable de generar estrategias para consagrar los derechos que allí se enumeran.

Que la Resolución N° 04/2009 crea en el ámbito de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias de la Jefatura de Gabinete de Ministros el Programa Nacional de Concejos Deliberantes Estudiantiles, e invita a realizar convenios entre la Secretaría y los ministerios provinciales organismos municipales, requiriendo como elemento de legitimación el dictado del instrumento legal pertinente.

Que en Luján de Cuyo hay muchas Escuelas que estarían interesadas en la temática.

Que el Honorable Concejo Deliberante debe abrir las puertas hacia la ciudadanía.

Que es importante que los jóvenes del Departamento puedan tener experiencias en ámbitos gubernamentales.

Que la interacción entre este Honorable Cuerpo y los jóvenes del Departamento es fundamental para que en su crecimiento como ciudadano puedan enriquecer y conocer los mecanismos legislativos.

Que hay precedentes del Concejo Deliberante Estudiantil en otros lugares de la Argentina.

Que en Luján de Cuyo ya hay una estructura armada en lo que respecta a escuelas, participación de eventos de origen municipal.

Que la participación ciudadana a tan corta edad es fundamental para el crecimiento de la sociedad.

Que bajo el Concejo Deliberante Estudiantil los jóvenes podrán presentar proyectos, dar tratamiento y trabajar como si fueran concejales.

Que este proyecto hace a la representación juvenil, a la participación ciudadana, al fomento de actividades dentro del Honorable Concejo Deliberante y a que la sociedad se arrime al Cuerpo Deliberativo.

Que en el Concejo Delibrante juvenil se estimulará el aprendizaje de derechos y su concientización mediante el debate grupal.

Que de esta forma el Honorable Concejo Deliberante tendrá representantes juveniles, los cuales jurarán, realizarán las mismas actividades que un Edil.

Que este proyecto hace a un complemento de lo que es educación cívica, de lo que respecta al funcionamiento legislativo del órgano local.

Que los estudiantes lujaninos desarrollar experiencias compartidas de aprendizaje de reglas y normas de convivencia ciudadana y de interiorización crítica de valores.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

LUJÁN DE CUYO

ORDENA:

Artículo 1º

Adherir al Programa Nacional de Concejos Deliberantes Estudiantiles, creado por la Resolución N° 04/2009 de la Secretaría de Relaciones Parlamentarias de la Jefatura de Gabinete, Presidencia de la Nación.

Artículo 2º

Facultar a las/os concejales que llevarán adelante el Programa Nacional Concejos Deliberantes Estudiantiles en la ciudad de Luján de Cuyo a convenir las condiciones de cooperación entre las partes para el desarrollo y ejecución del conjunto de actividades que contempla el mismo para su implementación.

Artículo 3º

Envíese copia del presente Instrumento Legal al/a la responsable del Programa Nacional de Concejos Deliberantes Estudiantiles, Jefatura de Gabinete, Presidencia de la Nación, para su conocimiento y efecto.

Artículo 4º

Los objetivos del Concejo Deliberante Estudiantil serán:

  1. Crear experiencias de aprendizaje del...

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