Ordenanza Nº 1.673/2013

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición13 de Junio de 2013

ORDENANZA Nº 1.673/2013Visto: El Expte. Nº 3.294-HC-201-2.012. Bloque Justicialista. Frente para la Victoria. Proyecto de Ordenanza: Plan Municipal de Seguridad.El Departamento de Malargüe, se caracteriza por ser uno de los lugares más seguros de la Provincia de Mendoza, y;CONSIDERANDO:Que la comunidad de este Departamento vive en plena armonía y no se registran delitos de gran importancia que conmuevan o que alerten a la sociedad.Que sin embargo este estatus, puede ser un elemento de gran importancia, para quienes conviven con la delincuencia, ya que encontrarían un sector altamente vulnerable y frágil, para llevar adelante sus conductas delictivas.Que la eminente apertura del Paso Pehuenche, la concreción del emprendimiento minero VALE, la construcción de la Ruta 40, entre otras obras de gran importancia, hacen que Malargüe se convierta en polo de desarrollo, que generará importantes fuentes de trabajo.Que con ello no se descarta la llegada de foráneos en búsqueda de una mejor calidad de vida, pero también, no debe descartarse la llegada de malhechores que pueden perturbar la seguridad y la tranquilidad de este Departamento.Que una de las premisas esenciales de quienes combaten la inseguridad , es la de prevenir a fin de evitar delitos o males mayores.Que Malargüe es una comunidad organizada a partir de la implementación del Plan Estratégico y por ende, se nuclean las Redes Sociales que año tras año, se reúnen con el objeto de buscar las mejores alternativas para la comunidad.Que debemos prepararnos para un masivo ingreso de personas a nuestro Departamento, que si bien puede verse reflejado en innumerables beneficios, también puede representar una complicación para quienes queremos seguir viviendo en un Malargüe seguro.Que la Policía cumple su labor en forma eficaz, responsable y en armonía con su comunidad, pero sin embargo, es importante recalcar que la "Seguridad la Hacemos entre Todos" .Que el municipio es uno de los pilares fundamentales para la consecución de este objetivo.Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante velar por la seguridad de sus habitantes conforme lo establece el art. 71º de la Ley 1079 Orgánica de Municipalidades.El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propiasORDENA:Artículo 1º - Impleméntese a través del Departamento Ejecutivo Municipal un "Plan Municipal de Seguridad", que involucre:a)Ciudadanosb)Policíac)Redes Socialesd)Medios de comunicación.Artículo 2º -...

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