Ordenanza Nº 2.578/2013

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2013

Exímase del Pago de Sellados y de la Tasa de Comercio e Industria, a Monotributistas Sociales. /Visto el Expte. Nº 186/2013 HCD, iniciado por los Sres. Concejales del Bloque Justicialista, Frente para la Victoria, Roberto Loyola y Bartolomé Robles, mediante el cual solicitan exención de pago de sellados y tasas municipales a monotributistas sociales, y;CONSIDERANDO:Que el Monotributo Social es una Política de Estado, impulsada por el Gobierno Nacional desde 2.004, que promueve la economía social y fomenta las actividades productivas, comerciales y de servicios de la población en situación de vulnerabilidad social.Que es una herramienta de "inclusión" que comprende a cualquier ciudadano que quiera iniciar una actividad sin contar con un gran capital económico y cuya principal fortaleza sea su capital humano, adquiriendo mediante este instrumento "ciudadanía tributaria", consistente en una alfabetización tributaria sobre el inicio de trámites con el Estado, dirigida a la población históricamente excluida, que pasa a formar parte.Que está dirigido a:• Personas físicas mayores de 18 años que realicen una única actividad económica• Integrantes de proyectos productivos que conformen grupos de hasta 3 personas.• Cooperativas de Trabajo (pueden ser antiguas fábricas recuperadas o empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores, con 6 asociados como mínimo).Que hablar de vulnerabilidad social, implica que los contribuyentes de este régimen, no deben poseer más de una propiedad inmueble, ni más de un rodado - salvo que éstos estén afectados al proyecto -. Asimismo no deben tener otro empleo o ser empleadores.De acuerdo con lo establecido por la Resolución Nº 10204/10 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, solicitará información al sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), referida a la situación laboral, patrimonial, económica, previsional y tributaria del solicitante.En virtud de la información obtenida, se llevará a cabo la evaluación de la situación de vulnerabilidad social.Los cruces o hallazgos no compatibles con el Monotributo Social son: profesionales en ejercicio de su profesión; personal en relación de dependencia; propietario de dos o más bienes inmuebles; propietarios de dos o más bienes muebles registrables no afectados al emprendimiento económico; jubilación mayor que la...

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