Ordenanza Nº 1.712

MUNICIPALIDAD DE BRANDSEN.HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE . ORDENANZA Nº 1.712.VISTO: El Expediente N° 4015-12104/13 mediante el cuál se gestiona la construcción y financiamiento de Viviendas Sociales para el Distrito de Brandsen; y, CONSIDERANDO:Que es de vital importancia para la paz social y el desarrollo de las capacidades humanas, que las personas puedan contar con su vivienda propia, en condiciones dignas, adaptada a las características del grupo familiar y en armonía con el entorno local;Que el Estado, en la medida de sus posibilidades, tiene la responsabilidad de facilitar los mecanismos para alcanzar tales objetivos, asegurando el desarrollo equilibrado de la comunidad y garantizando la equidad en la asignación de los recursos públicos;Que, a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial (Profide), es posible obtener la financiación necesaria para que el Municipio encare la realización de tales obras;Que la Dirección Provincial de Coordinación Federal y Municipal y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia deberán tomar intervención y dictaminar, con relación a las posibilidades de este Municipio para concretar el endeudamiento necesario;Que las áreas técnicas del Departamento Ejecutivo, han elaborado el anteproyecto técnico definitivo para la ejecución de las obras;Que por las implicancias sociales que el proyecto tiene, se hace necesario implementar un sistema transparente y equitativo de adjudicaciones para las viviendas de este Plan;Que los adjudicatarios de las viviendas del Plan deberán abonarlas, pudiendo para ello, obtener un crédito hipotecario del Banco Provincia de Buenos Aires;Que las áreas técnicas competentes han emitido opinión favorable sobre el particular;Que, con respecto a la contratación de empréstitos, resulta de aplicación lo normado en los Artículos 46 al 50 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 1.712ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el proyecto de construcción de 24 (veinticuatro) Viviendas Sociales, en la localidad de Brandsen, las que serán erigidas en las parcelas identificadas catastralmente como Circunscripción I, Sección, C Manzanas 100/101. Las unidades resultantes deberán ser adjudicadas por venta, mediante un sistema transparente y equitativo, a reglamentar por el...

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