Ordenanza Nº 5.803/09

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2009

ORDENANZA Nº 5.803/09Visto: El expte. Nº 3673-H-09, caratulado: “Interbloque Frente Civico Federal - s/Crear Sistema de Aplicación sobre Ley Nacional 26485”; yCONSIDERANDO:Que el Honorable Concejo Deliberante de Godoy Cruz adhirió a la Ley Nacional 26.485 sobre Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpersonales.Que la violencia contra la mujer no es un problema individual, sino que tiene un origen cultural y social, y por lo tanto requiere de una fuerte intervención del Estado en todos sus niveles.Que existen diferentes instrumentos legales internacionales, reconocidos constitucionalmente en nuestro país que reconocen y conceptualizan la violencia contra las mujeres como una de las violaciones a los derechos humanos más grave y extendida.Que se entiende por violencia contra la mujer en el ámbito familiar, aquella “ejercida por un integrante del grupo familiar independientemente del espacio físico donde esto ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica, patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar, el originado en el parentesco, sea por consanguineidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas y noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia”.Que la violencia contra la mujer, es expresión de relaciones sociales y modelos culturales que se han establecido históricamente y reflejan una asimetría clara entre los roles que hombres y mujeres ocupamos en la sociedad.Que el fundamento de la Ley Nacional 26.485, sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, define a todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o un sufrimiento físico o sexual o psicológico, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la privada.Que las estadísticas dan cuenta que la mayoría de las mujeres víctimas de violencias lo son en el ámbito del hogar o de las relaciones familiares. En este sentido, la vida privada tiene una clara dimensión pública, por lo que requiere de intervención estatal.Que de los Cabildos Abiertos de Mujeres realizados, y en especial el del 4 de septiembre del corriente año, cuya...

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