Ordenanza N° 974/2016

EmisorMunicipalidad de Lavalle
Fecha de la disposición12 de Julio de 2016

ORDENANZA N° 974/2016

Lavalle, 12 de julio de 2016.

Visto: El Expte. M.L. Nº 4094/2015; H.C.D. Nº 083/16, caratulado "Dirección de Ambiente" e/proy. de ordenanza p/regular la proliferación en el Departamento de Lavalle de basura electrónica, y;

CONSIDERANDO:

Que la reforma Constitucional de 1994 introduce el nuevo Artículo 41º: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la Ley.

Las Autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales.

Corresponde a la Nación dictar las Normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las Provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las Jurisdicciones locales.

Que a pesar de los beneficios innegables de las tecnologías, es necesario preocuparse por la contaminación ambiental que puede causar, las computadoras, los celulares, equipos de audio, etc., al final de su vida útil.

Que según la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y estudios Internacionales indican que los Residuos Electrónicos experimentan un incremento mayor de generación que la tasa anual de aumento de residuos domiciliarios.

Que datos oficiales indican que en Europa la basura electrónica se incrementa entre un 3 y 5 por ciento anual y esta realidad ya esta presente en la Argentina.

Que los países del MERCOSUR (Brasil, Argentina, Uruguay y Paraguay, además de los Vecinos Países de Chile y Bolivia) definen a los RAEE como residuos de generación universal, es decir que todos los ciudadanos, empresas, gobiernos generan estos tipos de desechos anualmente.

Que los últimos años, legislaciones de distintos lugares del mundo y de Latinoamérica en particular, están regulando el ciclo de la vida de los aparatos eléctricos y electrónicos.

Que se estima que en la Argentina, cada habitante produce unos 4 kilos de Basura Electrónica por año.

Que el constante avance tecnológico hace que los aparatos tengan un ciclo de vida más corto debido al recambio. Ejemplo de ellos es la siguiente información:

RAEE

VIDA UTIL

Celular

2 años

Computadora

5 años

LCD

6 a 7 años

Equipos

de Música

7 a 10 años

Que los contenidos en los RAEE pueden producir graves enfermedades y alteraciones humanas:

–Un Televisor contamina 80.000 litros de agua por el metal contenido en sus plaquetas, plomo y fosforo.

–Un Monitor tiene entre 800 gr. a 1kg. de plomo.

En los seres humanos elementos como el plomo pueden causar riesgos de aborto, daños en el sistema nervioso central en el feto y aumento de la presión arterial en adultos.

El Cadmio al igual que el cromo se encuentra en las computadoras y en el ser humano es causal de infecciones a los riñones, al corazón y al hígado. El cromo produce cáncer.

Los retardantes de flama con que cuentan en la mayoría de los equipos son neurotóxicos, dañan la memoria y el aprendizaje.

Que entonces pensemos que los RAEE volcados con la basura común y muchas veces expuestos al fuego en los basurales se transforman en sustancias toxicas que atentan contra la salud de los habitantes.

Que según estimaciones de diferentes consultoras se puede establecer que Argentina tiene 7,2 millones de unidades de PC acumulados al 2008. Entre 600 y 700 mil unidades de PC quedaron en desuso en 2009, una cifra similar o incluso superior se aplica para las impresoras y en la actualidad se piensa que estas cifras se han triplicado.

Que a título de ejemplo y a nivel País, citamos el caso de la ciudad de Buenos Aires que tiene una Ley...

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