Ordenanza Nº 8.233
Emisor | Municipalidad de Guaymallen |
Fecha de la disposición | 11 de Agosto de 2016 |
ORDENANZA Nº 8.233
Visto: El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejal Evelin G. Pérez, Daniel Centeno, Juan Narváez, Martin Ignacio Conte, Fabián Forquera y Estela Baldovino, integrantes del Bloque Unión Cívica Radical y
CONSIDERANDO:
Que, los establecimientos privados al día de la fecha se encuentren prestando servicios reglamentados por la ordenanza 3.394/92 y las normas complementarias en la ordenanza 6.470/03, no se rigen bajo las normas de la habilitación del Ministerio de Salud.
Que, si bien resulta atendible la circunstancia de que muchas personas se hayan abocado a la prestación de este servicio como una alternativa laboral inmediata, sin ajustarse a la Normativa Legal vigente, es un derecho y un deber de este Cuerpo Legislativo la adopción de todas las medidas que tiendan a asegurar el bienestar de la población, en la que los niños y los mayores merecen consideración prioritaria.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.079,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENA:
Preséntese en el ejido del Departamento de Guaymallén, la habilitación de edificios destinados a: hogares de ancianos, residencias geriátricas o cualquier otra denominación que identifique tal actividad, comprendidos en las Ordenanzas 3.394/92 y 6.470/03, además de los requerimientos de estas Ordenanzas, las habilitaciones correspondientes del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deporte de la Provincia de Mendoza y del Ministerio de Salud de la Nación.
La presente norma es complementaria a la Ordenanza 6.470/03 de la Municipalidad de Guaymallén, que mantiene su vigencia en todo su articulado.
Regístrese, comuníquese, etc.
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Guaymallén, a los once días del mes de agosto de 2016.
Evelin Giselle Perez
Presidente H.C.D.
Alejandro L. M. Moreno
Secretario Legislativo H.C.D.
_______
Guaymallén, 20 de setiembre de 2016
Visto y considerando: La Ordenanza Municipal Nº 8233-2016 dictada por el Honorable Concejo Deliberante de Guaymallén,
Por ello y en uso de sus facultades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
Téngase por...
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