Ordenanza N° 74/13

EmisorMunicipalidad de las Heras
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2013

ORDENANZA N° 74/13

Visto: El proyecto de ordenanza 74/13 presentado por la concejal Adriana Cano, del Bloque Justicialista, el cual trata sobre, la necesidad de evitar la contaminación del aire, generando sistemas de escapes verticales en los ómnibus , microómnibus y colectivos que circulen por el Departamento de Las Heras, y;

CONSIDERANDO:

Que es una problemática a nivel mundial, que contamina el medio ambiente.

Que los sistemas de escapes tradicionales provoca que los peatones , ciclistas y motociclistas reciban en su rostro un humo a veces blanco, o a veces negro, que además de ser extremadamente antihigiénico (mancha la piel, ropa y deja olor) es mucho mas toxico de lo debido.

Que además de reducir la visibilidad y dañar las plantas, los gases y partículas que lo componen provocan alteraciones en la salud humana y las más destacables son las siguientes:

• Irritación de las vías respiratorias (nariz, traquea y pulmones).-

• Anemia, a causa de la alta concentración de monóxido de carbono (CO), que bloquea el intercambio de oxigeno en los pulmones y en la sangre.-

• Irritación de los ojos y de la piel.-

• Diversas enfermedades (gripe tuberculosis) por la alta concentración de agentes patógenos en el aire.-

• Irritación ocular y de la garganta, tos, fatiga, anemia y sobrecarga en las vías respiratoria.-

Que el municipio debe proveer medias que aseguren la calidad de vida de las personas que habitan en el Departamento.-

Que la Ley 1079 en el artículo 80º faculta al Honorable Concejo Deliberante en lo concerniente a "Higiene Publica" mediante desinfección del aire, de las aguas y de las habitaciones.-

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

ORDENA:

Artículo 1º

Establézcase la obligatoriedad de la colocación en los ómnibus, microómnibus y colectivos, carrozados o no, destinados al servicio publico, que circulen por el Departamento de Las Heras de un caño de escape vertical, con salida levemente por encima de sus techos.-.

Artículo 2º

Quedan exceptuados los vehículos impulsados a gas natural, electricidad y/o energías limpias en general.-.

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y archívese.-.

Dada en la Sede del Club Social Las Heras, a los 14 dias del mes de noviembre de 2013.-

José Ginanneschi

Presidente H.C.D.

Héctor R. Barrera

Secretario H.C.D.

_____

DECRETO Nº 3.281

Ciudad de Las Heras, 29 de noviembre de 2013.-

Visto: La Ordenanza...

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