Ordenanza Nº 6.542/16

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición11 de Julio de 2016

ORDENANZA Nº 6.542/16

Visto: El expediente Nº 40455-I-14, caratulado: Deportes y Recreación - Contrato de Comodato con Escuela de Fútbol Azul y Grana; y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, se tramita el contrato de comodato entre la municipalidad de Godoy Cruz y la Escuela de Fútbol Azul y Grana.

Que se autorizó al Departamento Ejecutivo a otorgar en comodato el terreno mencionado por el término de 10 años, a través de la Ordenanza 6379/14.

Que a fs. 30, 31 y 32, Dirección de Obras Municipales informa que se ha licitado la obra de construcción y reparación de los polideportivos municipales, en el cual fue incluido el polideportivo objeto de las presentes.

Que a fs. 33 y 34, obra nuevo convenio de comodato conforme a lo mencionado ut-supra.

Que a fs. 36, Dirección de Asuntos Jurídicos expresa que debe modificarse la Ordenanza 6379/14 en su Artículo 3° a los fines de poder celebrar el acto en los términos proyectados.

Que a fs. 40, la Escuela de Futbol Sala Azul y Grana F.C. presenta un detalle de las instalaciones que posee en el Polideportivo ubicado en calle Salvador Civit 1612.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GODOY CRUZ

ORDENA:

Artículo 1°

Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar Contrato de Comodato con la Escuela de Fútbol Sala Azul y Grana F.C. por inmueble que se ubica en calle Salvador Civit 1612, barrio Ruiseñor, Godoy Cruz, P.M. N° 55387 constando de una superficie de 1.729,88 m2 (mil setecientos veintinueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados).

Artículo 2º

El convenio de comodato tendrá una vigencia de cinco años (5) contados a partir de la firma del mismo.

Artículo 3º

El cargo que deberá cumplimentar la Escuela de Fútbol Sala Azul y Grana F.C. consiste en la realización del mantenimiento de las instalaciones y reparaciones que del uso correspondiente se pudieran ocasionar y que sirvan a los fines para los cuales se les cede el terreno en comodato y todo cargo que se desprenda de las clausulas 7, 8, 9, 10 y 11.

Artículo 4º

Deróguese la Ordenanza 6379/14.

Artículo 5º

Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Municipal respectivo, publíquese y cumplido archívese.

Dada en Sala de Sesiones a los once días del mes de...

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