Ordenanza Nº 5.119

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición26 de Abril de 2012

ORDENANZA Nº 5.119Visto: El Expediente H.C.D. Nº 9632; yCONSIDERANDO:Que es necesario practicar un relevamiento del parque de bicicletas de alquiler, para un adecuado control y seguimiento en materia de tránsito, seguridad y educación vial, responsabilidad frente a daños o accidentes eventuales y cumplimientos de las ordenanzas y leyes que regulan los establecimientos de alquiler de bicicletas.Que la proliferación de emprendimientos destinados al alquiler de rodados a turistas y público en general ha experimentado un aumento en los últimos tiempos.Que la circulación de estos rodados se ha visto incrementada por diversas razones, lo que ha traído consecuencias de la más variada índole, destacándose el riesgo de la seguridad vial, por lo que creemos conveniente generar conciencia y educación sobre el particular que involucre el asunto en forma integral.Que siendo, en particular, la bicicleta un medio de locomoción que presenta una serie de ventajas por su nulo poder de contaminación y por la economía implícita y un elemento cada vez más requerido por el turista para recorrer y conocer nuestro Departamento.Que las Comisiones Permanentes de este Honorable Cuerpo, disponen a fs 15, sancionar la presente Ordenanza.Por lo antes expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.079 "Orgánica de Municipalidades";EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIPÚORDENA:Artículo 1º - El Ejecutivo Municipal mediante la Dirección de Cultura, Patrimonio y Turismo llevará un registro de los Prestadores de Servicio de Alquiler de Rodados (bicicletas, triciclos con y sin motor, motos, cuatriciclos, etc.) en donde se detallará la empresa propietaria, con la correspondiente habilitación municipal para realizar la actividad, identificación de los rodados y marca de los mismos.Artículo 2º - En cada rodado deberá figurar en forma fehaciente el número de teléfono de la empresa. Ademas se le entregará al usuario un folleto con mapa indicando recorridos, con sugerencias sobre medidas de seguridad y donde figuren los teléfonos de emergencia. El citado folleto será elaborado en base al modelo provisto por Policía de Mendoza y Departamento de Turismo de la Municipalidad de Maipú y la impresión de los mismos estará a cargo de los prestadores.Artículo 3º - Todas las empresas deberán contratar con un servicio de Área Protegida Médica que cubra sus instalaciones y el circuito sugerido en el mapa de recorrido. A su vez deberán contar con un seguro de responsabilidad civil...

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