Ordenanza n° 5.293/06

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición 7 de Julio de 0006

ORDENANZA Nº 5.293/06 Visto el expediente Nº 2331-H-06, caratulado: "Bloque U.C.R. - S/Habilitación Acceso p/Discapacitados en el Edificio H.C.D."; yCONSIDERANDO:Que en el Departamento de Godoy Cruz se observa la voluntad de cumplir con las instancias de accesibilidad urbana que la problemática requiere.Que en reiteradas oportunidades se han realizado eventos en la sala del H.C.D. específicamente para grupos de personas con discapacidades físicas, tales como "Descubriendo Modelos" (14 de abril de 2000) eventos en el cual expuso sus obra el pintor Alberto Alvarez, quien realiza sus cuadros con la boca debido a su discapacidad física.Que también se han realizado numerosas muestras plásticas de pintores sin manos.Que todos los años, en el mes de octubre, se realiza el acto de celebración del "Día de la Educación Especial" en el edificio del H.C.D. convocando a gente de todas las edades, de establecimientos escolares dedicados a personas con capacidades especiales.Que dichas convocatorias algutinan a una gran cantidad de discapacitadosQue en estas oportunidades son colocadas rampas ocasionales que luego son retiradas, mitigando sólo en forma temporal esta necesidad y quedando de esta manera establecida nuevamente la carencia.Que la Ley Provincial Nro. 5.041 en su Capítulo IV "Transporte y Arquitectura diferenciada" en su Art. 21 expresa: "En toda obra pública que se proyecte en el futuro y que esté destinada a actividades que supongan el acceso al público, deberán preverse accesos, medios de circulación e instalaciones adecuadas para personas discapacitadas.La misma previsión deberá efectuarse para los edificios que en adelante se construyan o reformen, destinados a entes privados que presten servicio público y en los que se realicen espectáculos con acceso al público.La reglamentación establecerá el alcance de las obligaciones impuestas en este artículo, atendiendo a las características y destino de las construcciones aludidas". Artículo ampliado en el apartado anexo: Decreto Provincial de 10-08-88, Título II. Normas Especiales Capítulo 4, art. 21.Que atendiendo a que el edificio de funcionamiento del HCD es antiguo y de carácter histórico-patrimonial, se deberá estudiar cuidadosamente la forma de proyector un acceso único sin vulnerar o modificar su estilo.Que en otros lugares se ha observado la modificación de edificios antiguos con diferentes desniveles, apelando tanto a la técnica como a la imaginación, siendo ejemplo de ello el Museo de Bellas Artes de...

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