Ordenanza Nº 34-24: Ratifica Ordenanza 15-24 - Crea Prog. De Seguimiento y Mantenimiento de Arterias

Fecha de publicación23 Diciembre 2024
Número de expediente34
Número de Gaceta32259
Tipo de documentoOrdenanzas
SecciónOrdenanzas
EmisorMUNICIPALIDAD LAS HERAS
MUNICIPALIDAD LAS HERAS
Ordenanza Nº 34
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza, (PHCD-75-2024), presentado por el Concejal RAUL CEVERINO
referente a la siniestralidad vial, por exceso de velocidad y falta de cartelería que indique
proximidad de rotonda y accesos y
salida de vehículos demarcando la prioridad.
Las normas generales que regulan el tránsito y establecen un principio general para todas las
avenidas, accesos, rotonda y encrucijadas en particular la prioridad de paso, salida de vehículos
de emergencia y seguridad.
La necesidad de ordenar la circulación y establecer las prioridades de acuerdo a la intensidad del
tránsito de las distintas calzadas de áreas congestionadas.
CONSIDERANDO:
Que los beneficios, que la señalización de prioridad proporciona en materia de seguridad vial,
particularmente en las intersecciones de rotondas y acceso a la avenida Regalado Olguín,
garantizan una mejor convivencia y mayor seguridad a los vecinos del Departamento de Las
Heras.
Que es precisa una adecuada cartelería de Señalización Vial, más aún en el análisis y
diagnóstico de los hechos ocurridos de accidentes viales por cartelería insuficiente o falta de
demarcación.
Que la señalización es parte de la Ciencia de la Comunicación Visual que estudia las relaciones
funcionales entre los signos de orientación en el espacio y el comportamiento de los individuos.
Ésta, no es un simple adorno de la vía pública, sino que cumple las siguientes funciones
fundamentales: organiza el tránsito, advierte los peligros, ordena conductas de seguridad y
comunica informaciones útiles.
Que es preciso considerar la colocación de nuevas columnas, quitamiedos de protección de
seguridad vial pasiva, también llamado guardarrail, bionda o sistemas de contención de
vehículos. Asimismo, es urgente la necesidad de poder realizar acciones en conjunto para la
zona, de modo que es preciso alertar a fin de que el Departamento Ejecutivo pueda interceder
ante las autoridades provinciales pertinentes la colocación y señalización correspondiente entre
calles y rotonda.
Que se considera imperioso que sea un lugar de transito seguro y de control vehicular, así como
que las paradas de colectivos puedan tener la demarcación tal, así como bici senda y las sendas
peatonales.
Que el Departamento Ejecutivo emite la citada Ordenanza para rectificar el documento de orden
5, por cuanto el mismo posee inserciones del Cuerpo de la Ordenanza sin resultar clara la
función de la norma. -
Página 1/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica

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