Ordenanza N° 52350/CjD/97
Firmantes | Pandolfi-Clienti |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Consejo Deliberante |
Fecha de la disposición | 28 de Noviembre de 1997 |
CONCEJO DELIBERANTE
OTORGA SUBSIDIOS MENSUALES Y VITALICIOS A BOMBEROS VOLUNTARIOS
ORDENANZA N° 52350/ CjD/ 97
OTORGA SUBSIDIOS MENSUALES Y VITALICIOS A LAS PERSONAS QUE ACREDITEN 30 AÑOS DE SERVICIOS EN LOS CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA BOCA Y DE LA VUELTA DE ROCHA
Buenos Aires, 28/11/1997
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Otórgase un subsidio mensual y vitalicio equivalente al haber correspondiente a la menor categoría del SIMU.PA, a las personas que acrediten 30 años de servicios continuos o altemados en los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Boca y de la Vuelta de Rocha. La presente tendrá como máximo seis (6) beneficiarios por año.
A los efectos de establecer quiénes integrarán la nómina de subsidios a otorgarse anualmente se dará prioridad al personal de mayor edad y en su defecto al que acredite más años de servicio.
En caso de fallecimiento de quien sea el titular de un subsidio su cónyuge supérstite, o a la concubina/o que acredite por lo menos 5 años de convivencia, o sus hijos menores de 18 años, o discapacitados, tendrán derecho en ese orden a una asignación equivalente al 50% del monto del subsidio.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Derógase la Ordenanza Nº 44.307 (B.M. Nº 18.812) sin perjuicio de sus efectos ya cumplidos y de los que sean su consecuencia.
Comuníquese, etcétera.
ANEXOS
Buenos Aires, 20 de enero de 1998.
La presente Ordenanza N° 52.350 ha quedado automáticamente promulgada el 19 de diciembre de 1997.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a las Direcciones Generales de Administración de...
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