Ordenanza N° 52241/CjD/97

FirmantesPandolfi-Clienti
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorConsejo Deliberante
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 1997

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA N° 52241/ CjD/ 97

CREA EL CONSEJO METROPOLITANO DE GUARDAVIDAS Y SEGURIDAD EN BALNEARIOS Y NATATORIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 19/11/1997

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1°

Créase el "Consejo Metropolitano de Guardavidas y Seguridad en Balnearios y Natatorios de la Ciudad de Buenos Aires", dentro del ámbito de la Dirección General de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Promoción Social del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°

El Consejo creado por aplicación del artículo precedente actuará como organismo asesor de la Dirección General de Deportes y Recreación y en tal carácter podrá intervenir en el diseño de las políticas dirigidas a:

  1. El diseño de un sistema de formación, evaluación, promoción y habilitación de los Guardavidas y Servicios de Seguridad y Rescate en los Balnearios y Natatorios.

  2. El establecimiento de un sistema de supervisión y control del funcionamiento de las escuelas de guardavidas de la Ciudad de Buenos Aires.

  3. La creación de un Registro de Guardavidas que permita realizar un seguimiento sobre antecedentes, notas de mérito, sanciones y toda otra información relevante para el adecuado control del Estado sobre la calidad de los servicios prestados y la verificación de los necesarios niveles de seguridad.

  4. La elaboración de' programas tendientes a desarrollar una tarea educativainformativa en todos los niveles de educación de la Ciudad.

  5. Generar un fluido intercambio de información con instituciones públicas o privadas, nacionales e internacíonales que,desarrollan actividades afines con el objeto de incorporar información técnica.

Art. 3°

El Consejo Metropolitano de Guardavidas y seguridad en Balnearios y Natatorios de la Ciudad de Buenos Aires estará compuesto de once (11) miembros que se integrarán de acuerdo a la siguiente representación institucional:

dos (2) por la Comisión de Promoción Social y uno (1) por la Comisión de Educación.y Bibliotecas del C.D. o el organismo legislativo que lo reemplace; dos (2) por la Dirección General de Deportes y Recreación, dos (2) por la Dirección General de Educación; dos (2) por el gremio representativo de la actividad en la Ciudad de Buenos Aires y, dos (2) por la Asociación Mutual de Guardavidas Argentinos. Asociados.

Art. 4°

Los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR