Ordenanza N° 51189/CjD/96

FirmantesPico-Clienti
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorConsejo Deliberante
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 1996

CONCEJO DELIBERANTE

ORDENANZA N° 51189/ CjD/ 96

ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE INSTALACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE PRESERVATIVOS EN LOS BAÑOS DE HOMBRES Y MUJERES UBICADOS EN BARES, CONFITERÍAS, RESTAURANTES, DISCOTECAS Y DEMÁS LUGARES PÚBLICOS - PROFILÁCTICOS - PREVENCIÓN DEL HIV/SIDA - OBLIGACIÓN - CONDONES

Buenos Aires, 05/12/1996

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1°

Será obligatoria la instalación de máquinas expendedoras de preservativos en los baños de hombres y mujeres ubicados en bares, confiterías, restaurantes, discotecas y demás lugares públicos habilitados por la ciudad de Buenos Aires. Las máquinas expendoras deberán mostrar un instructivo sobre el uso el preservativo y las medidas de prevención para evitar el contagio del HIV SIDA.

Art. 2° - La obligación exigida en el artículo 1°, entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta (180) días de la...

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