Ordenanza n° 3.780

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición30 de Mayo de 0005

ORDENANZA N° 3.780

Visto el Expediente H.C.D. N° 7.427/T/05 (Expediente Municipalidad de Maipú N° 3. 320/T/05) ; y

CONSIDERANDO:

Que a foja 02, del Expediente del Visto, se otorga certificado de factibilidad para la provisión del servicio de agua potable al proyecto de loteo propiedad de Terruño S.A., ubicado sobre Ozamis y Videla Castillo, del distrito Russell, suprimiéndole el cargo previsto de ejecutar una perforación para el suministro de este servicio por el de un canon fijo por lote de acuerdo a lo solicitado a foja 01.

Que por nota de elevación del Departamento Ejecutivo Municipal, de foja 06, este solicita la correspondiente autorización legislativa.

Que las Comisiones Permanentes no formulando observaciones, emiten dictamen a foja 07.

Por ello y de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 71° Inciso 9° de la Ley N° 1.079 ¬ìOrgánica de Municipalidades¬î:

EL HONORABLE CONCEJO

DELIBERANTE DE MAIPU

ORDENA:

Artículo 1°

Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar los convenios correspondientes con Terruño S.A., a los efectos de formalizar las exigencias establecidas por Certificado de Factibilidad de agua potable de foja 02 de Expediente H.C.D. N° 7.427/T/05 (Expediente Municipalidad de Maipú N° 3.320/T/05).

Artículo 2°

Comuníquese, cópiese y archívese en el Registro de Ordenanzas del Honorable Concejo Deliberante.

Sancionada en el Recinto de Sesiones a los siete días del mes de abril de...

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