Ordenanza Nº 2.400/2009

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2009

Apruébase con fuerza de Ordenanza el Presupuesto Anual y General de Recursos, Financiamiento y Erogaciones de la Municipalidad de Gral. San Martín para el Ejercicio 2.010.Visto el Expte. Nº 8848-S-2009, iniciado por Secretaría de Hacienda, mediante el cual eleva proyecto de presupuesto, y;CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento de los imperativos legales emergentes de los arts. 200 inc. 4) Const. Prov.; 73 inc. 1); 105 inc. 4), 107, 119, 123 ss. y conos. L. 1.079; 2, 3 ss. y concs. L. 3.799 y 92 ss. Del Reglamento Interno, resulta necesario dar tratamiento al proyecto en cuestión.Que, una sana técnica administrativo-financiera de gestión aconseja cumplir con la puesta en vigencia de la norma presupuestaria en forma contemporánea a cada año, conforme ordena el legislador constitucional y el de las leyes 1.079 y 3.799, a pesar de la posibilidad de proseguir con la vigencia de normas presupuestarias anteriores -que debe entenderse como residual- o de que el H. Concejo Deliberante trate uno por iniciativa de su propio seno (art. 119 L.O.M.) -que debe entenderse excepcional.Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Gral. San Martín, Mendoza, luego de analizar el citado Expte. constituido el H. Cuerpo en Comisión y en uso de sus facultades conferidas por Ley, sanciona la siguiente:ORDENANZA Nº 2.400/2009TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALESCAPÍTULO ISANCIÓNArtículo 1º - Sanción y Aprobación - Sanciónese y apruébese con fuerza de Ordenanza el Presupuesto Anual y General de Recursos, Financiamiento y Erogaciones de la Municipalidad de Gral. San Martín para el Ejercicio 2010.CAPÍTULO IIESTRUCTURARECURSOS CORRIENTES77.264.929,79DE JURISDICCION MUNICIPAL13.542.914,98TASASY DERECHOS MUNICIPALES11.237.398,04OTROS INGRESOS DE ORIGEN MUNICIPAL2.305.516,95RECURSOS DE OTRAS JURISDICCIONES63.722.014,81DE ORIGEN NACIONAL26.806.740,91DE ORIGEN PROVINCIAL36.915.273,90FONDOS PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS0,00RECURSOS DE CAPITAL137.617,09VENTA DE BIENES DE USO0,00REEMBOLSODE OBRAS PUBLICAS137.617,09REEMBOLSOS DE PRESTAMOS0,00OTROS RECURSOS DE CAPITAL0,00FINANCIAMIENTO16.180.000,00USO DEL CREDITO15.000.000,00REMANENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR0,00ADELANTO A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS1.100.000,00APORTES NO REINTEGRABLES80.000,00DE JURISDICCION NACIONAL0,00DE JURISDICCION PROVINCIAL80.000,00DE OTRAS JURISDICCIONES0,00TOTAL PRESUPUESTO DE RECURSOS93.582.546,88Artículo 3º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar hasta un 21% la Unidad Tributaria establecida en el Art. 2º de la Ordenanza 2333/2008, modificatoria de la ordenanza 2071/2005 y 2267/2008, en sus diferentes modalidades, los valores de las unidades tributarias que surjan por aplicación de la presente ordenanza regirán exclusivamente para las cargas tributarias devengadas a partir del 1º de enero del 2010.-Artículo 4º - Modificase el Art. 8º) de la Ordenanza Nº 2114/05, modificatoria de la 1191/89, el que quedará redactado de la siguiente manera:8.1.Las parcelas ubicadas en esquina, en las zonas 1, 2 y 3 gozarán de un descuento del 40%. Este descuento operará sobre los tributos establecidos en los artículos 2º, 3º y 4º.-8.2.Las parcelas ubicadas en esquina, en las zonas cuatro (4) y cinco (5) gozarán de un descuento del 60%. Este descuento operará sobre los tributos establecidos en los artículos 2º, 3º y 4º.-8.3.Los baldíos de zona 3 y 4 que superen los 100 mts. tributarán el 50% de los valores indicados en el Art. 7.9 y 7.10.-Artículo 5º - Modifíquese el Art. 117 de la Ordenanza Tributaria Nº 2.071/05 modificado por la Ordenanza Nº 2.334/08 el que quedará redactado de la siguiente forma.Los tributos expresados en unidades tributarias de esta Ordenanza se ajustarán a la siguiente regla:117.1.Las tasas por servicios a la propiedad raíz se pagarán mensualmente con una opción de pago anual cuyo vencimiento operará en la misma fecha del primer pago mensual del ejercicio, facultándose al Departamento Ejecutivo a fijar los vencimientos y prórrogas de los mismos y a conceder un descuento de hasta un 20 % para aquellos contribuyentes que no registren deudas al inmediato año anterior.117.2.Los derechos anuales de inspección y control de seguridad e higiene de comercio, industria y actividades civiles, derechos de publicidad y propaganda (letreros), derechos de ocupación o utilización de espacios de dominio público y derechos de control de pesas y medidas se pagarán bimestralmente con vencimiento los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de cada año, prorrateando el valor anual en los seis bimestres, facultándose al Departamento Ejecutivo a fijar los vencimientos y prórroga de los mismos y a realizar un descuento de hasta el 20 % para aquellos contribuyentes que no registren deuda por igual concepto al inmediato año anterior.117.3.Establézcase como vencimiento anual el 1º de Enero siguiente a la fecha en que se generó el derecho de publicidad y propaganda (avisos) ya sea mediante presentación de declaración jurada o determinación de oficio cierta o presunta, conforme a lo establecido en el Código Tributario.Condónese los intereses por mora adeudados por los Derechos de Publicidad y Propaganda correspondientes a los períodos comprendidos entre los años 2.000 al 2.008 inclusive, de los contribuyentes que efectuaron el pago de la totalidad del capital adeudado.Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar una quita de hasta el 100% de los intereses por mora adeudados por los Derechos de Publicidad y Propaganda a los contribuyentes que a partir del 01 de Enero de 2.009 ofrecieren pagar al contado lo adeudado en concepto de capital".Artículo 6º - Ratificase la modificación efectuada al art.1º de la Ordenanza Nº 2015/2004, conforme Ordenanza Presupuestaria Nº 2267/08, el que quedó redactado de la siguiente forma: "Establézcase el valor de la Tasa de Comercio e Industria, fijada en el Art. Nº 98 Inc.18 de la Ordenanza Nº 1191/89 y art. 93.1 de la Ordenanza Nº 2071/05, en Un Millón de Unidades Tributarias (1.000.000 - U.T), anuales, a partir de la puesta en vigencia de la presente ordenanza.ConceptoTotalesDepartamento EjecutivoH.C.D.GeneralesIntendenciaSec. Gob. YSec. Hac.Sec. O.Y Adm.HaciendaServiciosEROGACIONES CORRIENTES76.110.339,364.930.413,7522.942.372,195.993.901,8238.306.523,283.937.128,32OPERACIÓN73.163.796,264.917.493,7520.392.749,095.655.901,8238.306.523,283.891.128,32PERSONAL45.673.720,031.286.007,5715.417.491,933.742.633,2521.718.025,963.509.561,32BIENES DE CONSUMO3.955.200,5294.252,00972.083,44349.248,572.498.819,5140.797,00SERVICIOS23.534.875,713.537.234,184.003.173,721.564.020,0014.089.677,81340.770,00INT. Y GTOS.DE LA DEUDA332.000,000,000,00332.000,000,000,00TRANSF.CORRIENTES2.614.543,1012.920,002.549.623,106.000,000,0046.000,00EROGACIONES DE CAPITAL10.392.565,7923.712,02111.399,803.470.662,716.785.711,261.080,00BIENES DE CAPITAL3.892.565,7923.712,02111.399,803.470.662,71285.711,261.080,00TRABAJOS PUBLICOS6.500.000,000,000,000,006.500.000,000,00BIENES PREEXISENTES0,000,000,000,000,000,00APORTES DE CAPITAL0,000,000,000,000,000,00PRESTAMOS0,000,000,000,000,000,00VALORES FINANCIEROS0,00OTRAS EROGACIONES7.079.641,73332.676,72792.055,902.193.376,893.508.500,00253.032,22AMORTIZ. DEUDA PUBLICA7.079.641,73332.676,72792.055,902.193.376,893.508.500,00253.032,22ADEL.PROV. Y CONTRAT.0,0093.582.546,885.286.802,4923.845.827,8911.657.941,4248.600.734,544.191.240,54CAPÍTULO III...

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