Ordenanza N° 1.820/2.016

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2016

ORDENANZA N° 1.820/2.016

Visto: El contenido del Expediente N° 3.911 HC244 - 2.016. Proyecto de Ordenanza: Adhesión a La Ley Nacional N° 24.374, y su modificatoria mediante la Ley Nacional N° 26.493 y la adhesión de la Provincia de Mendoza a través de la Ley Provincial N° 8475 por el cual se solicita adhesión a la Ley Pierri, y;

CONSIDERANDO:

Que dicha norma establece el régimen de inmuebles urbanos; ocupantes que acrediten la posesión durante tres años, con anterioridad al 1 de enero 1992 y su modificación Ley 26.493 que actualiza el plazo al 1° de enero de 2009 y su causa lícita.

Que lo que pretende es regularizar la situación dominial en ciertos aspectos.

Que la Ley establece un régimen a los ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua, durante tres años con anterioridad al 1° de enero de 1992, y actualizada al 1° de enero de 2009, y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente y reúnan las características previstas en la reglamentación de la misma.

Que es necesario brindar una herramienta fundamental a todo aquel Malargüino que tenga la necesidad de contar con los alcances de la Ley Nacional N° 24,374.

Que es conveniente, sancionar una Ordenanza adhiriendo a la norma Nacional, a fin de que el Departamento Ejecutivo Municipal cuente con ía herramienta necesaria para proceder a la regularización de los inmuebles antes planteados y otras situaciones que puedan estar contempladas en la normativa en cuestión.

Que se adjunta a la presente la Ley N° 24.374 y sus modificatorias y reglamentación pertinente, a fin de ser parte de la presente Ordenanza.

Que la Ley Provincial N° 8475, dispone que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, adhiera al programa de regularización dominial establecido para la Ley Nacional N° 24374 y sus modificatorias, motivo por el cual se compromete a instrumentar la Ejecución del Programa.

El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propias

ORDENA:

Artículo 1º

Adhiérase en todos sus términos a la Ley Nacional N° 24.374. Ley general y vigente.

Artículo 2º

Determínase que la Autoridad de Aplicación procederá a realizar toda tramitación tendiente a la regularización dominial a aquellos casos que se adecúen a lo establecido por la Ley Nacional N° 24.374.

Artículo 3º

Establécese que cuando se...

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