Ordenanza Nº 1.735/2.014

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2014

ORDENANZA Nº 1.735/2.014

Visto: El Expte. Nº 3.662-HC-228-2.014. Bloque Justicialista. Frente para la Victoria. Proyecto de Ordenanza: Adherir a Ley Nacional Nº 26.874 del Consejo de Legisladores Comunales de la República Argentina.

La Ley Nacional Nº 26.874 que crea el Consejo Federal de Legisladores Comunales de la República Argentina y la adhesión hecha por Ley Provincial de la Cámara de Senadores de Mendoza del 25 de abril de 2.014, y;

CONSIDERANDO:

Que a nivel Nacional se ha manifestado la necesidad de articular las acciones desde los diferentes cuerpos legislativos comunales y eso ha generado la sanción de la Ley Nacional Nº 26.874, creando el Consejo Federal de Legisladores Comunales de la República Argentina, para fortalecer desde ese ámbito la autonomía municipal y ratificar a las comunas como la cédula imprescindible para el fortalecimiento de prácticas democratizantes en cada uno de los temas que se abordan.

Que en distintas Provincias de nuestro País ya existían Foros de Concejales, Ex Concejales, Intendentes que fueron conformándose para facilitar en muchos casos la gestión en conjunto de programas, financiamiento, asesoramiento entre algunas de las actividades que pudieron realizar a partir de esa unión y que esta nueva Ley Nacional Nº 26.874 da solidez y uniformidad en la conformación y líneas de actuación.

Que la institucionalización propuesta por la Ley Nº 26.874, permitirá un mayor aprovechamiento de las políticas dirigidas al fortalecimiento de los municipios, haciendo posible un intercambio de experiencias que ayuden a otros para poder disponer de desarrollo técnico y/o tecnológico, intercambio de ideas y proyectos municipales entre comunas de distintas Provincias de la República Argentina para que la comunidad tenga mejores servicios tendientes a alcanzar una mejor calidad de vida para los habitantes de sus respectivas comunas.

Que la Provincia de Mendoza ya se ha realizado la adhesión a la mencionada Ley Nacional desde la Honorable Cámara de Senadores Expte. Nº 064945/2.014 por medio del que se ha dejado explícita la invitación para que adhieran los Concejos Deliberantes de cada Municipio.

Que resulta de gran valor e interés formar parte de esta red en la que los cuerpos legislativos comunales puedan compartir problemáticas e inquietudes de diversa índole, con otros del País, siempre atendiendo los intereses de la comunidad y enmarcados dentro de las autonomías municipales.

El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR