Ordenanza Nº 1.608/16

EmisorMunicipalidad de San Carlos
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016

ORDENANZA Nº 1.608/16

Visto: El Expediente N° 218039-S-16, por el cual Secretaría de Hacienda solicita se sancione la Ordenanza que ratifique el Acuerdo Nación -Provincia, Ley 8873, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Ley ratifica el Decreto N° 529/16 y autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito hasta el porcentaje y en las condiciones previstas por el Artículo 3 del Acuerdo ratificado por la misma Ley, en un todo de acuerdo con las prescripciones de los Artículos 60 y 66 de la Ley 8706;

Que el Poder Ejecutivo otorgará a los Municipios de la Provincia que adhieran a la Ley 8873 un préstamo destinado a financiar obras de infraestructura, bienes de capital, y/o erogaciones corrientes, por un monto que no podrá superar las proporciones establecidas en la Ley 6396 y modificatorias para cada Municipio, en un plazo máximo de noventa (90) días corridos de recibidos los recursos por la Provincia;

Que se invita a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley, conforme a los mecanismos establecidos por la Legislación vigente;

Atento a ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENA:

Artículo 1º

Adhiérase a la Ley Provincial N° 8873 y la Reglamentación que oportunamente se dicte.-.

Artículo 2º

Autorícese al Departamento Ejecutivo a hacer uso del crédito por el monto, destino y demás términos y condiciones previstos en el Artículo 2 de la mencionada Ley, en un todo de acuerdo con los Artículos 60 y 66 de la Ley 8706.-.

Artículo 3º

Autorícese al Departamento Ejecutivo a afectar en garantía y/o pago del crédito autorizado por el Artículo 2 de la presente, los ingresos que le corresponde percibir en concepto de participación municipal (Ley N°6396 y sus modificatorias o las que en un futuro las reemplacen), encontrándose facultado al efecto, a permitir la detracción de tales recursos por los importes que correspondan para la cancelación del crédito y sus accesorios.-.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanza.

Dado en la Sala de Sesiones a los treinta días del mes de junio del año dos mil dieciséis.-

José Jesús García

Presidente H.C.D.

Lucas Manuel Gorrindo

Secretario H.C.D.

______

DECRETO Nº 720/2016

San Carlos, 4 de julio 2016.

Visto la Ordenanza Nº 1608/2016 emitida por el Honorable Concejo Deliberante del Municipio; y

CONSIDERANDO:

Que a través de dicha Ordenanza se Adhiere al Acuerdo Nación- Provincia Ley N° 8873, mediante la...

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