Ordenanza Nº 1.555/2.011

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2011

ORDENANZA Nº 1.555/2.011Visto: El Expte. Nº 3.230-HC-195-2.011. Bloque Justicialista. Frente para la Victoria. Proyecto de Ordenanza: CreaciónPeatonal Avenida General San Martín.La necesidad de generar espacios de esparcimiento para nuestra comunidad, y;CONSIDERANDO:Que la organización de las actividades del hombre en relación con el territorio que ocupan dentro de las ciudades constituye la tarea fundamental del urbanismo. Dentro de esa organización resulta indispensable prever espacios públicos que sirvan de lugares de esparcimiento, encuentro y recreación.Que de manera que siendo competencia de los Municipios, el ordenamiento territorial y urbanístico, además de todo lo que concierne a la vida local, se debe propiciar el rescate de espacios de la ciudad para destinarlos al disfrute de los ciudadanos. Pero el deber no se limita a la dotación de espacios públicos, sino también a la regulación del uso y aprovechamiento racional de los mismos, de manera que se puedan garantizar los derechos de los ciudadanos a disfrutar de los espacios públicos de la ciudad, pero también fijar los deberes que todos tenemos a la preservación de estos, así como para mantener la convivencia ciudadana.Que basado en las anteriores premisas, el Municipio de Malargüe ha venido emprendiendo una serie de acciones, tanto legislativas como ejecutivas, para crear y rescatar espacios públicos, poniendo énfasis en la importancia del ciudadano, y muy especialmente del peatón. De allí darle prioridad al peatón como participe integral de la vida ciudadana.Que dentro de ese espíritu de ordenación urbanística se enmarcan el conjunto de disposiciones normativas que se proponen mediante la presente Ordenanza sobre paseo peatonal, que tiene como finalidad esencial el rescate de las vías de circulación terrestre para el disfrute de los ciudadanos, dotándolas de espacios amplios para el libre tránsito, así como para la realización de otras actividades de esparcimiento.Que el objeto de esta Ordenanza es, por lo tanto, establecer el régimen jurídico aplicable a este paseo peatonal ubicado en el ámbito territorial del municipio de Malargüe, en cuanto al procedimiento de declaratoria de una vía de circulación terrestre como paseo Peatonal, el régimen de utilización de dichos espacios para el ejercicio de actividades económicas dentro de ellos, la publicidad y el mobiliario urbano. También se establece una regulación especial aplicable a los inmuebles ubicados frente al paseo peatonal; igualmente se remite el régimen existente sobre incentivos fiscales y rebajas para que sea aplicada a los comercios ubicados dentro del paseo peatonal que se dediquen además a realizar actividades dirigidas a la recreación y esparcimiento de personas a través de espectáculos públicos tales como: danzas, actos de representaciones teatrales especiales para niños, conciertos de música clásica o folklórica o exposiciones de artes visuales.Que la Ordenanza está organizada en la forma siguiente:Título IDisposiciones Generales Capítulo IDe la Declaratoriade Paseo PeatonalCapítulo IIDel Área de serviciosCapítulo IIIDe los inmuebles ubicados frente a los paseos PeatonalesCapítulo IVDe la publicidad comercialy el mobiliario urbanoTítulo IIDe los paseos PeatonalesTítulo IIIDe las Actividades económicasy Culturales en los Paseos PeatonalesCapítulo IDe las actividades permitidasCapítulo IIDel permiso para el usodel Paseo PeatonalCapítulo IIIObligaciones derivadasdel permisoTítulo IVDel Régimen TributarioTítulo VDel Régimen SancionatorioTítulo VIDisposiciones FinalesQue el Título I contiene las disposiciones Generales de esta Ordenanza, en el cual se delimita el ámbito de aplicación de las normas propuestas así como la definición y finalidad de los Paseos Peatonales.Que el Título II contiene la norma relativa al Paseo Peatonal, que abarque el procedimiento administrativo que debe cumplirse para declarar a una vía de circulación terrestre como Paseo Peatonal, el canal de servicio y las normas a las que deben sujetarse los inmuebles ubicados frente a los Paseos Peatonales. Asimismo, se establece cual es el régimen legal aplicable a la publicidad comercial y el mobiliario urbano dentro del Paseo Peatonal.Que el Título III comprende las disposiciones que regulan las actividades económicas que se pueden realizar en el Paseo Peatonal, en el cual se especifican el tipo de actividades económicas desarrollables, el procedimiento administrativo que debe cumplirse para obtener el permiso para el uso del espacio público, como mecanismo de control de tales actividades, así como las obligaciones a las que están sujetos los particulares que sean titulares de tales permisos.Que en el Título IV se establece el Régimen tributario, en el cual se consagran dos tipos de tributos: una tasa administrativa derivada del trámite para obtener el permiso, y una tasa por el uso de un bien del dominio público.Que en el Título V se desarrolla el régimen de las sanciones susceptibles de ser aplicadas como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución de esta Ordenanza.Finalmente en el Título VI se consagran las disposiciones derogatoria y de vigencia de la Ordenanza.INDICEArtículosTítulo I.Disposiciones Generales1º al 5ºTítulo II DE LOS PASEOS PEATONALESCapítulo I. De la declaratoria de Paseo Peatonal6º al 9ºCapítulo II. Del Área de Servicio10º al 12ºCapítulo III. De los Inmuebles ubicados al frentedel Paseo13º al 20ºCapítulo IV. De la Publicidad Comercialy el Mobiliario Urbano21º al 24ºTítulo III. De las actividades Económicasy culturales en el paseo peatonalCapítulo I. De las actividades permitidas25º al 27ºCapítulo II. Del permiso para el usodel Paseo Peatonal28º al 33ºCapítulo III. Obligaciones derivadas del permiso34º al 35ºTítulo IV. Del Régimen Tributario36º al 37ºTítulo V. Del Régimen Sancionatorio38º al 49ºTítulo VI. Disposiciones finales50º al 52ºQue, un Municipio saludable, debe propiciar acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de sus habitantes.El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propiasORDENA:TITULO IDISPOSICIONES GENERALESArtículo 1º - Objeto. Esta Ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable al "Paseo Peatonal Avenida General San Martín", ubicado en el ámbito territorial del Municipio de Malargüe, en cuanto a su declaratoria, utilización...

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