Ordenanza Nº 1.720/2.014

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2014

ORDENANZA Nº 1.720/2.014Visto: El Expediente Nº 125/2014 "Departamento Ejecutivo: Eleva Proyecto de Presupuesto Año 2014" y;CONSIDERANDO:Que, en las presentes actuaciones el Departamento Ejecutivo, envió al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Presupuesto año 2014, integrado por el Cálculo de Recursos-Financiamiento y una estimación de las Erogaciones.Que, los miembros del Honorable Concejo Deliberante, han efectuado un análisis detallado del Proyecto de Presupuesto año 2014 y han recibido las explicaciones e información pertinente solicitadas al Departamento Ejecutivo.Que, atento a los fundamentos expuestos conforme a lo normado por el Art. 37º, inc. 1º de la Ley 1079, los miembros de cada Comisión del Honorable Concejo Deliberante, aconsejan la aprobación del Proyecto antes mencionado.El Honorable Concejo Deliberatnte de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propiasORDENA:Artículo 1º - Téngase por Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursospara los Ejercicio 2014 de la Municipalidad de Malargüe, Jurisdicción 01- Departamento Ejecutivo y Jurisdicción 02 - Honorable Concejo Deliberante, de acuerdo al siguiente detalle:1) CALCULO DE RECURSOS Y FINANCIAMIENTO2) PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOSEl poder Ejecutivo podría elevar las modificaciones a efectos de ajustar los mismos a la situación económica reinante en dicho periodo.Artículo 2º - Sujétense las plantas de personal que se detallan en las Planillas Anexas, a las siguientes normas:a) La discriminación de cargos por Agrupamiento, Tramo, Subtramo y Clase podrá modificarse por aplicación de las disposiciones escalafonarias vigentes y para resolver reclamos del personal que sean procedentes conforme a las disposiciones legales vigentes.b) Se podrán modificar las estructuras y cargos de las distintas Direcciones, como así también transferir cargos entre ellas mismas o distinta jurisdicción, en cuyo caso se podrán redistribuir los créditos pertinentes de la partida personal.c) Se podrán transformar cargos vacantes de personal permanente en temporario y viceversa. Igualmente se podrán transformar cargos en Horas Cátedras.d) Se podrán crear nuevos cargos en el caso de que el crecimiento de la estructura municipal así lo requiriese, o para cumplir con los ascensos previstos o a prever, según el Nomenclador de Funciones y/o Escalafón Municipal.e) Las modificaciones que se efectúen por aplicación de los incisos precedentes serán por Decreto numerado.f) Todas las...

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